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Indemnización por un par de baldosas flojas

La Municipalidad de Rosario fue condenada a pagar una indemnización de 22 mil pesos a una mujer que el 25 de mayo de 2002 sufrió lesiones en una mano tras caerse en la vía pública porque las baldosas de la vereda estaban flojas. El accidente ocurrió en Olegario Víctor Andrade al 800, zona sur, y según determinó la Justicia civil, la damnificada debe ser resarcida por daños y perjuicios, a lo que se suma la obligación de la comuna de afrontar las costas del juicio –17.300 pesos sólo en concepto de honorarios– y los intereses correspondientes desde la fecha del hecho.

Al contestar la demanda, la Municipalidad –que ya había rechazado el reclamo administrativo de la víctima– alegó que no era responsable por el siniestro ya que la ordenanza Nº 4.975/90 desplaza la guarda a favor de los propietarios frentistas.

Sin embargo, para el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 2, integrado por los jueces Víctor Hugo Moneta, Alejandro Martín y Pedro Boasso, el municipio no pudo acreditar que la víctima o un tercero (vale decir el vecino frentista) tuvieran la culpa del accidente.

“Tampoco puede hablarse de caso fortuito o fuerza mayor en la producción del hecho (última posibilidad de eximición que hubiera tenido la demandada)”, reza el fallo. En esa línea, los magistrados imputaron al Estado comunal responsabilidad por incumplimiento de sus deberes.

Concretamente, la caída ocurrió cuando la mujer caminaba por la vereda en compañía de otra persona, quien también estuvo a punto de desplomarse por el mal estado de la acera, según testificó. En realidad, las baldosas estaban despegadas o flojas y como había de dos tipos diferentes, su unión provocaba un gran desnivel. En definitiva, la señora terminó con dos dedos de la mano izquierda fracturados.

Concluido el proceso, los jueces fijaron la indemnización en 22 mil pesos, de los cuales 13 mil serán abonados en concepto de daño material o patrimonial. El resto, 9 mil pesos, se refieren al daño moral o psicológico. Además, la suma se engrosa para la Municipalidad si se considera que también tiene a su cargo las costas del juicio y los intereses, que se calculan desde el 25 de mayo de 2002.

En ese momento la víctima era portera de un edificio y sostén de familia, pues tenía a su cargo a sus hijos y a la ex suegra, en cuya casa vivía. Las fracturas que sufrió, señalan los jueces en su resolución, le impidieron ejercer normalmente su trabajo. Además, según una pericia psicológica, el accidente le produjo angustia y tal circunstancia es materia de resarcimiento.

Fuente:www.elciudadano.net

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