La Cámara Civil condenó a un supermercado a pagar una indemnización a un hombre que cayó de su silla de ruedas cuando intentaba salir de una sucursal ubicada en el barrio porteño de Liniers.
Así lo resolvió la Sala L del Tribunal al confirmar la indemnización de $2.000 que la empresa "Easy" deberá pagarle a Alfredo Daniel Fernández, a raíz de un accidente que tuvo en dicha sucursal.
Según la versión que dio el damnificado y que consta en la demanda, el 5 de junio de 2003 "al intentar transponer en silla de ruedas la rampa de salida de dicho lugar, sufrió una caída, como consecuencia de no poder pasar a través de las guías de la puerta corrediza de acceso a las instalaciones, las que se encontrarían por encima del nivel del piso".
"La obligación de seguridad asumida por la demandada, exigía que el usuario o consumidor pudiera hacer uso del local y retirarse del mismo sin daño alguno", consideraron los camaristas.
Para los jueces entre la víctima del accidente y la empresa medió "una relación jurídica entre un particular, consumidor o usuario, y un centro comercial, que además de proveer bienes y/o servicios, asume una obligación accesoria de seguridad frente a su cliente, que incluye el uso del local".
En su demanda, el damnificado adujo que por la caída se habían destruido siete ampollas de una medicación que estaba tomando, que en la Argentina son casi imposible conseguir, y por la que debió esperar para reponerla de una importación desde España.
Sin embargo, los jueces rechazaron ese reclamo porque consideraron que estaba "acreditada la ocurrencia del hecho en las dependencias de la demandada, más no la pérdida de los medicamentos como consecuencia del mismo".