La Cámara laboral condenó a un banco privado a indemnizar a un empleado al que despidió después de 30 años de trabajo sin un apercibimiento ni llamado de atención, porque en un recuento de dinero faltaron 100 pesos.
La Sala Séptima de la Cámara, con la firma de los jueces Miguel Rodríguez Brunengo y Estela Ferreirós, consideró que el despido fue "inmotivado", puesto que si bien el banco deslizó la posibilidad de que el empleado hubiera cometido un delito, en modo alguno pudo probarlo y menos justificar así l cese laboral.
El banco deberá indemnizar con unos $156 mil más intereses al trabajador por el despido sin causa pero también por el "daño moral" que le causó la situación, según publica la agencia DyN.
El telegrama de despido advertía que realizando sus tareas habituales el empleado hizo "un movimiento ajeno al procedimiento de fajado" y le endilgó: "La función que usted cumple lleva consigo la necesidad de mostrar una intachable conducta".
"Si bien no se le imputó al dependiente en forma expresa el haber cometido un delito, sí se puede inferir de la particular redacción del despacho de ruptura tal acusación", replicaron los camaristas.
En ese sentido, destacaron que "no se señala cuál habría sido ese movimiento o en qué consistiría; menos aún se precisa cuál sería -eventualmente- la consecuencia lógica que surgiría de su realización".
"La eyección del trabajador, sin lugar a dudas, resultó inmotivada", concluyeron los camaristas.