Además de la suspensión de acciones penales por infracciones a la Ley Penal Tributaria y liberación de multas, la reciente sanción de la ley de blanqueo y repatriación de capitales también introduce un importante "paraguas" en todo lo relacionado con la regularización y saneamiento de las relaciones laborales.
Hay que recordar que la deficiente registración del vínculo entre empleado y empleador (lo que se conoce como "empleo en negro") origina que las empresas que optan por esa práctica clandestina se encuentren expuestas a fuertes multas y penalidades, además de continuas inspecciones por parte del Ministerio de Trabajo.
Por otra parte, el nuevo marco normativo brinda entre otros incentivos la opción de gozar de beneficios de reducción en las contribuciones patronales.
"Con la sanción de la ley 26.476 y su reglamentación, se han establecido beneficios y procedimientos novedosos con especial injerencia en las relaciones jurídicas laborales", sostuvo José Luis Zapata, socio del Estudio O´Farrell.
El abogado explicó que "la norma posibilita la regularización de relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, la liberación de las correspondientes infracciones, multas o sanciones de cualquier naturaleza, y la extinción de la deuda por aportes y contribuciones con destino a los sistemas de seguridad social, entre otras disposiciones tendientes a la regularización del trabajo en negro".
La cobertura del paraguas
La reciente ley estable que los contribuyentes y responsables de los impuestos y de los recursos de la seguridad social podrán acogerse por las obligaciones vencidas o infracciones cometidas al 31 de diciembre de 2007 al régimen de regularización de deudas tributarias establecido en esa normativa.
Además, detalla que también podrán incluirse en la regularización todas aquellas obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial a la fecha de publicación de la ley, pero siempre y cuando el demandado "se allanare incondicionalmente y desista y renuncie a toda acción y derecho".
"Con esta normativa y con estricta sujeción al marco jurídico propio del derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, se presentan novedosos criterios para el saneamiento o regularización de relaciones laborales que, parcial o totalmente, adolecen a la fecha de vicios registrales sancionados por la Ley de Empleo", agregó Ernesto Polotto, asociado del mismo estudio.
El abogado puntualizó que "el texto normativo establece la posibilidad de regularizar la situación registral de las relaciones laborales en forma gratuita hasta la cantidad de diez empleados", y agregó que a partir del undécimo trabajador se pagan "erogaciones parciales sujetas a planes de facilidad de pagos".
Regularización
Por otra parte, Héctor García, socio de García, Perez Boiani & asociados, explicó que en la ley se establecen condiciones especiales. En este sentido, aclaró que "la registración en los términos de la Ley de Empleo, la rectificación de la real remuneración o de la real fecha de inicio de las relaciones laborales existentes al 24 de diciembre de 2008 liberará al empleador de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza y previstas en las leyes que específicamente se indican".
El caso de los juicios ya iniciados
La ley de blanqueo establece que el acogimiento al régimen "producirá la suspensión de las acciones penales en curso y la interrupción de la prescripción penal, cualquiera sea la etapa del proceso en que se encuentre la causa, siempre y cuando la misma no tuviere sentencia firme."
Además, establece que la cancelación total de la deuda en las condiciones previstas en el régimen -de contado o mediante plan de facilidades de pago- "producirá la extinción de la acción penal" también en la medida que no existiera sentencia firme.
Sin embargo, la norma advierte que el incumplimiento total o parcial del plan de facilidades de pago, implicará la reanudación de la acción penal o la promoción por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos de la denuncia penal que corresponda, en aquellos casos en que el acogimiento se hubiere dado en forma previa a su interposición, y el comienzo del cómputo de la prescripción penal.
Beneficios sobre contribuciones patronales
Por otra parte, vale aclarar que, además de la liberación de multas y sanciones por infracciones formales, la nueva normativa brinda la posibilidad de gozar de beneficios de reducción en las contribuciones patronales.
La ley incorpora la reducción de contribuciones vigentes con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social como ser al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Nacional de Empleo, al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores.
De acuerdo con la norma "la reducción alcanza el 50% durante los doce primeros meses y 25% para los doce meses siguientes", concluyó Zapata.