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Monotributistas afrontan recategorización en base a límites desactualizados

Si bien es inminente la oficialización del proyecto que apunta a aumentar los límites de facturación, los contribuyentes aún están obligados a actualizar su situación según un esquema que lleva una década sin cambios. Expertos piden prorrogar el trámite hasta la aprobación de los nuevos valores.

Expertos consultados por iProfesional.com reclamaron una prórroga para cumplir el trámite de recategorización hasta la aprobación de los nuevos valores, de modo de realizarlo conforme a una nueva tabla.

En efecto, las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado tienen tiempo hasta el jueves próximo para actualizar su condición fiscal de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que ejercen y la energía eléctrica consumida entre mayo 2008 y abril 2009. Para determinar qué categoría le corresponde a cada contribuyente deben tenerse en cuenta todos los parámetros. Por lo tanto, si se excede uno de los límites automáticamente debe avanzarse hacia una categoría superior con el consiguiente aumento del monto mensual a pagar.

La recategorización en el régimen simplificado es un trámite que se realiza con clave fiscal, a través de la página web de la AFIP, ingresando al servicio denominado "Monotributo".
En el caso de que el contribuyente cambie de categoría, el pago del nuevo importe corresponderá efectuarse desde junio 2009. De no haber sufrido modificaciones en los rubros analizados, no será necesaria gestión alguna.

A fin de actualizar la situación fiscal, los monotributistas deberán tener en cuenta los siguientes valores de referencia para cada categoría:

Al respecto, Echegaray ya confirmó que el proyecto que estaría en vigencia a partir de septiembre próximo eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

Ante la obligación de cumplir con la exigencia de ls autoridades fiscales, Flavia Melzi, Vicepresidenta II, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), advirtió que el proyecto de reforma del Monotributo "no contempla ningún mecanismo o cláusula transitoria que postergue la recategorización".

"La AFIP debería emitir una norma que prorrogue o suspenda la recategorización hasta la vigencia del nuevo esquema de tributación", agregó la especialista.

"Al postergarla se evitaría un incremento en las tareas y los costos administrativos. Más teniendo en cuenta, que actualmente los profesionales afrontan el trabajo extra que significa la amplia moratoria fiscal y el régimen de blanqueo de capitales", agregó Melzi.

Si bien el proyecto no prevé un aplazamiento, Julián O. Esposito, consultor tributario, explicó que la iniciativa prevé una solución para los monotributistas que pasaron al régimen general -asumiendo un mayor costo al afrontar IVA y Ganancias- y que en base a los parámetros propuestos pueden encuadrarse nuevamente en el Monotributo.

Así, explicó Esposito que "el proyecto estaría considerando la situación de aquellos contribuyentes que hubieran renunciado o hubiesen quedado excluidos del régimen simplificado, sin que hayan transcurrido 3 años entre aquella circunstancia y la vigencia de esta reforma".

"Según la normativa actual, dichos contribuyentes no podrían retornar al régimen hasta transcurridos 3 años calendario posteriores a aquél en que se produjo la renuncia o exclusión del mismo. En particular, se permitiría el reingreso de aquellos, en tanto reúnan los nuevos requisitos y condiciones previstas por la reforma, pudiendo ejercerse dicha opción hasta la finalización del primer cuatrimestre calendario completo posterior a la fecha de publicación de la ley", explicó el especialista.

"Por lo tanto, estimando dicha publicación durante el segundo cuatrimestre de 2009, el período de transición tendría lugar en el tercer cuatrimestre", concluyó Esposito.

El anteproyecto
Si bien la AFIP tiene bajo siete llaves el proyecto de reforma del Monotributo, iProfesional.com tuvo acceso exclusivo al texto que -luego de recibir los últimos ajustes por parte de las máximas autoridades fiscales- será enviado al Congreso para su tratamiento.

Puntualmente, el borrador establece el nuevo esquema de tributación que deberán respetar los pequeños contribuyentes a partir del 1 de septiembre próximo. Para leer el texto completo de la iniciativa haga clic aquí.

En primer lugar, el proyecto confirma que se eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

Como contracara, la iniciativa establece importantes subas en la cuota mensual a pagar. En efecto, se ha tomado la decisión de triplicar el aporte jubilatorio mensual elevando el monto de $35 a $110. De esta manera el incremento del aporte acompaña el ritmo de crecimiento de la jubilación mínima que desde el 2000 hasta la fecha pasó de $200 a 770,66 pesos.

El proyecto también prevé una actualización del monto que aportan los monotributistas a las obras sociales. El importe mensual destinado al sistema de salud asciende de $46,75 a 70 pesos.

Actualmente, los pequeños contribuyentes pagan -en concepto de impuesto, seguridad social y obra social- una cuota mensual que va desde los $115 a $587. Bajo el nuevo esquema, la cuota más baja será de $213 y la más alta se ubicará en 2.880 pesos.

Otra importante modificación consiste en la incorporación de un nuevo parámetro para definir la categoría, y por ende, el monto mensual que ingresará cada monotributista.

Hasta el momento se consideraban los ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica consumida en un año. De acuerdo al proyecto, se incorpora como criterio el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.

De acuerdo a la iniciativa, el nuevo esquema a tener en cuenta por los monotributistas que presten servicios es:

Por otra parte, los valores a considerar por los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades es:

La iniciativa también prevé una particular condición para las categorías de mayores ingresos. Respecto a las categorías J, K y L se les solicita un mínimo de empleados a cargo. La cantidad de trabajadores va de 1 a 3 respectivamente.

Asimismo, el proyecto prevé elevar a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes muebles permitido. También se pone en marcha un régimen de exclusión automática para los pequeños contribuyentes que tengan "gastos excesivos no justificados".

Respecto a la vigencia de los cambios el texto establece que el renovado régimen será implementado "a partir del primer día del primer cuatrimestre calendario completo siguiente a la fecha de publicación de la ley en el Boletín Oficial". Por lo tanto, la idea del Gobierno nacional apuntaría a tener en marcha el nuevo Monotributo a partir del 1 de septiembre próximo. (Lea más: Exclusivo: conozca todos los detalles de la inminente reforma del Monotributo)

Hernán Gilardo

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