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El Municipio de Santa Fe adhirió a la Ley que regula la instalación de grandes comercios

Fue mediante la sanción de un Mensaje enviado por el Ejecutivo que contó con el acompañamiento de todo el cuerpo legislativo. Según el presidente del Concejo, Barletta prometió promulgar la norma ni bien cuente con el expediente. De lo contrario, el justicialismo propondrá la suspensión de habilitaciones por 120 días.

La Ley Nº 12069, de Régimen Legal para grandes superficies comerciales en la provincia de Santa Fe, fue sancionada en 2002 por la Legislatura y establece las condiciones para las habilitaciones, las instalaciones, las modificaciones y el funcionamiento de los denominados mega o hipermercados.

Luego de siete años de vigencia, y de que se implemente en algunas ciudades importantes de la provincia como Rosario o Rafaela, la ciudad capital adhirió a dicha norma, tras la sanción de un Mensaje enviado desde el Ejecutivo Municipal.

Antes del inicio de la sesión de ayer, ediles oficialistas y opositores brindaron una conferencia de prensa en la que adelantaron el envío del proyecto por parte de la administración local y la intención de darle tratamiento cuanto antes.

En ese sentido, el presidente del Concejo Municipal, Jorge Henn aseguró que la iniciativa pretende actuar a favor de los empresarios y comerciantes santafesinos y evitar "desvalores" para los intereses locales.

Asimismo, el edil destacó las reuniones llevadas a cabo por los legisladores con las diferentes cámaras comerciantes de la ciudad, la Sociedad de Quinteros, el Mercado de Abasto y las asociaciones de amigos de calles comerciales, y al respecto aseguró que "todos manifestaron la necesidad de plantear un marco regulatorio sobre instalación de hipermercados".

"Esta Ley regula la instalación de grandes mercados y ayuda a establecer cuando nos encontramos con un grupo de empresas -de acuerdo al nivel de facturación-, pide estudios de impacto ambiental, articula la potestad de la Municipalidad de habilitar negocios con certificado de factibilidad comercial", agregó Henn para luego resaltar que la norma requiere estudios que puedan aseverar que "la instalación de los mercados no acarreen consecuencias negativas contra nuestros comerciantes y empresarios".

Ya en el recinto y al momento de debatir la adhesión, la concejala oficialista, Adriana Molina rescató la medida por "defender la producción local y el compre santafesino".

En cuanto a la superficie máxima para cada emprendimiento y según establece la Ley, se vinculará a la de exposición y venta autorizada en el Municipio y se determinará con lo que resulte del divisorio entre la cantidad total de los habitantes (dispuesta por el último Censo Nacional) de la localidad dónde el emprendimiento y el coeficiente ocho (8). Además, indica que ninguna cadena o firma comercial puede superar el 30 % de la totalidad de la superficie máxima cubierta en un mismo municipio o bien, controlar más del 30% del mercado en un sector o rubro determinado.

En cuanto a las áreas de radicación, la Ley faculta a los municipios a determinar, mediante una Ordenanza, los espacios habilitados a tal fin, mientras que en referencia al grado de concentración empresarial, dispone tener en cuenta la cuota que posea la firma al que pertenece su solicitante.

En el mismo sentido, la medida a la que adhiere el municipio local indica no otorgarle el Certificado de Factibilidad Provincial si el solicitante pertenece a una empresa con una participación del mercado superior al 30% de los metros cuadrados de superficie de exposición y ventas, o del 30% de las ventas del mercado relevado existentes en el área territorial de influencia; cuando el solicitante adicione un nuevo establecimiento y por ello se sobrepasa el límite fijado o si se trata de una adición producto de un porcentaje en la compra de acciones.

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