Dicha norma prohíbe la captura de toda especie de peces de río durante los meses de noviembre, diciembre y enero de cada año, exceptuándose de la prohibición a la pesca de subsistencia y a la captura realizada por medio de tanza con anzuelo con los alcances, modalidades y condiciones establecidos en la ley 12.212.
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- BY abogadosrosario
- agosto 30, 2003
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