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Declaración del Colegio de Abogados de Rosario sobre la Reforma Judicial

La reforma intentada encuentra su obstáculo constitucional en la actual redacción del Art. 114 de la Constitución Nacional introducido por la reforma de 1994 por alterar el equilibrio establecido por la composición de ese órgano y por modificar el régimen de mayorías para la designación, suspensión, remoción de los jueces y el manejo del presupuesto asignado.

La limitación de las cautelares y el efecto suspensivo de la apelación de sentencias contra el Estado Nacional conculcan derechos de los habitantes de la Nación, afecta la garantía constitucional del Debido Proceso, de la Defensa en Juicio y del principio universal de Igualdad ante la Ley, desamparando al particular frente a eventuales arbitrariedades y abusos del poder del Estado.

La finalidad que la CSJN no tenga tantos juicios a resolución es coincidente con el pensamiento de este Colegio pero creemos que la creación de Cámaras de Casación alongaría innecesariamente los procesos creando una instancia más de debate, en perjuicio de los derechos de los ciudadanos.

Comprometidos con el principio de Afianzar la Justicia y el equilibrio del sistema de poderes, rechazamos los proyectos mencionados por resultar contrarios y lesivos al espíritu y la letra de nuestra Constitución Nacional exhortando al poder legislativo al debate concienzudo y no limitado en el tiempo de los proyectos mencionados, oponiéndonos a cualquier intento de avasallamiento del Poder Judicial y vulneración de su independencia.

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