La Cámara Nacional de Apelaciones rechazó la demanda presentada contra un gimnasio por una clienta que resultó lesionada por una pesa que cayó sobre uno de sus pies. La Justicia argumentó que hubo “culpa de un tercero” y desestimó la presentación.
El hecho fundamental es que la pesa se le cayó a otro asistente al gimnasio y fue a dar en el pie de la mujer demandante.
De esta manera se rechazó la demanda por daños y perjuicios, fundada en el artículo 1113 del viejo Código Civil y el artículo 40 de la Ley 24.240, incoada por una clienta contra un gimnasio por la lesión que padeciera en circunstancias en que a otro socio se le cayera una pesa sobre su pie.
Considera que la causalidad jurídica se ve afectada, pues ha operado la culpa de un tercero por quien no se debe responder en los términos del artículo 1111 del Código Civil.
Aquí el fallo completo.
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