El Frente de Diversidad del Movimiento Evita Rosario presentó ayer un pedido de amparo para que Iapos autorice y pague una mastectomía a Sebastián Martínez, un joven trans. La intervención quirúrgica consiste en la extirpación de las mamas y masculinizar el pectoral y su acceso está garantizado -dicen- por la ley de Identidad de Género, sancionada en 2011.
Sin embargo, la obra social, que sí cubrió todos los estudios prequirúrgicos, negó su cobertura, sosteniendo que la operación no se encuentra dentro del Programa Médico Obligatorio. Si la Justicia le da viabilidad al recurso presentado, se sentará un precedente para la comunidad transexual. El reclamo tuvo el respaldo del Área de Diversidad de la Municipalidad de Rosario.
Como un varón. La mastectomía será un paso más en ese cambio. Esta operación quirúrgica cuesta entre 15 y 20 mil pesos y su cobertura está respaldada por la ley de Identidad de Género. Iapos, sin embargo, le negó el acceso ya que considera que la intervención no se encuentra en el Programa Médico Obligatorio.
Para Sebastián este no es un caso de discriminación, sino una mera cuestión económica como la que se repite regularmente en casos de obesidad o de inseminación artificial. Cabe señalar que sí tuvo acceso a los estudios prequirúrgicos y con el respaldo de su obra social. Por eso, sus compañeros de militancia –el Frente de Diversidad del Movimiento Evita– presentaron ayer un recurso de amparo en los Tribunales provinciales de Rosario para lograr que se habilite la cobertura. Si se le da viabilidad, se marcará un precedente en la comunidad transexual que garantizará el acceso a las operaciones quirúrgicas necesarias para lograr la identidad autopercibida.
Dicen que la ley de Identidad de Género y Salud Integral contempla dentro del derecho a la identidad de género la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido.
El artículo 11 de esta ley contempla el “derecho al libre desarrollo personal”. Todas las personas mayores de 18 años podrán a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. Y aclara que todas las prestaciones de salud contempladas en el artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.