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A partir del 1 de noviembre comenzará la aplicación exclusiva de la liquidación Web del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Justicia

Las autoridades de API han informado que a partir del 1º de noviembre comenzará la aplicación exclusiva y excluyente del nuevo Sistema de Liquidación Web del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas.

Los códigos de los actos, contratos y operaciones que se habilitan para efectuar la liquidación son los que figuran en el Anexo I de la Resolución General 0013/2011. Asimismo, existen otros Códigos incorporados recientemente que no figuran en el Anexo I de la Resolución General 0013/2011.

La utilización de esta aplicación es obligatoria para los códigos de Actuaciones Judiciales que se encuentran incorporadas en el Nomenclador de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios.

La liquidación obtenida puede ser abonada a través del botón de pagos link o bien en el Nuevo Banco de Santa Fe. El cajero del banco capturará la información contenida en el código de barras de la liquidación y para el cobro del sellado o tasa procederá a estampar el timbrado en la primer hoja del documento original o copia que el contribuyente presente (Art. 2º de la Resolución General 0002/2007), constituyendo la constancia válida del pago.

Para realizar una liquidación se necesita:
Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de las personas (físicas o jurídicas) intervinientes en los actos, contratos, operaciones y/o prestaciones de servicios y el rol de las mismas.
Para reimpresión de una liquidación:

Fecha del acto
Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de las personas (físicas o jurídicas) intervinientes en los actos, contratos, operaciones y/o prestaciones de servicios

Total a abonar
Importante: Tenga en cuenta que siempre deberá imprimir la liquidación obtenida, independientemente de la forma de pago elegida. Para acreditar el pago ante terceros deberá adjuntar la liquidación impresa con el ticket de pago correspondiente.

Para el pago:
En caso de pagos por punta de caja, deberá llevar al banco la liquidación impresa y el documento a timbrar. (El cajero adjuntará el ticket de pago y timbrará el documento)

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