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Admiten amparo para que una obra social le cubra una fecundación in vitro a una mujer

Una resolución del juez en lo Civil y Comercial de la 16° Nominación, Dr. Pedro Boasso, admite un amparo de una mujer para que la obra social Iapos le cubra un tratamiento de fecundación in vitro. La novedad es que la obra social tiene un reglamento interno que establece que para cubrir esta prestación la persona que lo solicite debe tener una pareja conviviente. Como en este caso esa exigencia no se cumplía, la mujer debió recurrir a la Justicia.

Ahora el Dr. Boasso le exige al Iapos aceptar la prestación porque la exigencia de pareja conviviente no está en la ley respectiva.

Además, Boasso le exige a la clínica que hará el tratamiento que deben utilizarse todos los embriones fertilizados, sin desperdiciar ninguno.

Haciendo click aquí se puede descargar el fallo completo. 

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