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Obra Social y sindicato, asuntos separados

La Corte Suprema rechazó que un sindicato deba responder civilmente por los daños provocados por su obra social. El Tribunal, remitiéndose a un dictamen de la Procuración General, recordó que el sindicato y la obra social “constituyen dos personas jurídicas distintas” y que “poseen un marco de actuación específico”.

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