La incorporación de los abogados como sujetos obligados ante la Unidad de Información Financiera
La resolución 48/2024 de la UIF, publicada recientemente en el Boletín Oficial, incorporó a los abogados como sujetos obligados. ¿Cuál es el alcance?
La resolución 48/2024 de la UIF, publicada recientemente en el Boletín Oficial, incorporó a los abogados como sujetos obligados. ¿Cuál es el alcance?
Desde la ampliación de la prisión preventiva hasta la eliminación de la feria judicial de enero e invierno para el fuero penal, pasando por la creación de informantes para las investigaciones del MPA. Una reforma que es solo comparable con la de 2007 cuando se pasó al sistema acusatorio.
Un juez dictó otra cautelar para contener las subas de las empresas del rubro autorizadas por decreto presidencial. Las avala, pero por el índice de salarios registrados
El sindicato ratificó su plan de acción gremial para enfrentar los despidos y en el plano jurídico decidió establecer una coordinación para unificar criterios y brindar soporte legal en todo el territorio nacional.
A través de un comunicado, los Colegios de Abogacía de Entre Ríos, Santa Fe y Corrientes expresaron preocupación ante la falta de representación de mujeres en la Corte Suprema de Justicia de la Nación ante las eventuales designaciones que realizaría el Poder Ejecutivo.
Diputados terminó aceptando los cambios que había producido el Senado. Quedaron en cuatro los delitos para ser sometidos a un tribunal de doce ciudadanos.
Un poder judicial con una grave crisis de legitimidad y que representa solo a una parte religiosa de la población inicia su año judicial.
Con los 6 mandatos vencidos ampliamente, conforme art 88 de la Constitución provincial donde cesa su inamovilidad a los 65 años, los ministros de la Corte darán inicio de sus actividades.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Formosa confirmó un fallo que condenó a la empresa Formosa Refrescos S.A. y/o Salta Refrescos S.A. a indemnizar a una familia que se intoxicó al consumir bebidas de la marca Coca Cola y Sprite que estaban en mal estado porque contenían en su interior clavos que terminaron contaminando el producto.
La pena es de cumplimiento condicional. Se trató de un abuso simple con “entidad suficiente para alterar el libre y progresivo desarrollo de la sexualidad de la niña”, indica la sentencia.
En el texto expresó los fundamentos que tornan inviable en la actual coyuntura normativa la incorporación de esa estructura sin una modificación legal.
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