Derechos Humanos
La constitución en querellante la había decidido el Directorio del Colegio en el 2015.
La Cámara expreso que: …Esta circunstancia demuestra a las claras el interés legítimo del Colegio de Abogados de intervenir como parte querellante en este proceso por cuanto afecta la esfera de los intereses de sus representados. Y entre las funciones y finalidades esenciales que le competen, se encuentra la de “Amparar los derechos e inmunidades de los abogados, velando para que estos gocen de la libertad necesaria para el ejercicio de la profesión….” (Art 2 inc. e de su Estatuto).
El juez federal, Dr. Marcelo Martín Bailaque había rechazado la solicitud.