Otras Noticias

Causas absurdas generan inesperadas derivaciones en el sistema judicial

Un juicio oral por el hurto de una botella de vermouth, el presunto intento de robo de un corpiño o la supuesta falsedad de una moneda de 50 centavos ponen al Estado en gastos absurdos ya que, en la mayoría de los casos, con el valor del “objeto del delito” ni siquiera se paga la cartulina para confeccionar la carátula.

Los dos primeros ejemplos, conocidos en los últimos días (la mujer acusada por el supuesto intento de apoderamiento ilegal del portasenos fue absuelta), reavivó la polémica acerca de la necesidad de establecer fórmulas alternativas de solución de conflictos, entre ellas la mediación en los procesos penales.

La tendencia a la “judicialización” de cualquier diferendo llevó, inclusive, a casos en los que la Justicia federal debió tramitar una causa por presunta falsificación de una moneda que se inició a raíz de la intervención policial en una estación ferroviaria donde fue convocada por un boletero que creyó que no era de curso legal la moneda con la que un pasajero intentó pagar su pasaje.

En esta oportunidad, el expediente no llegó a la etapa del debate oral y público pues el juez que la instruyó (Claudio Bonadío) tuvo el tino de disponer su archivo al recibirlo de la policía y cuando ya había una media docena de “fojas” con diversas actuaciones, entre ellas algunos testimonios.

Un aperitivo muy caro

En el caso de la botella del aperitivo, cuyo costo oscila en los cinco pesos, la causa tramitó en sede de instrucción su autor fue procesado, el fiscal “requirió” que pase al Tribunal Oral y allí tres magistrados, un secretario, un fiscal y un defensor oficial tramitaron un juicio que culminó con una condena, en suspenso, a tres meses de prisión.

Como la policía informa -como está obligada a hacer por ley- al juez de turno los hechos presuntamente delictivos en los que interviene, a partir de entonces se activan los mecanismos judiciales y se tramita un expediente que atravesará la primera instancia y (salvo que mediare sobreseimiento o falta de mérito) llegará al Tribunal Oral. Es aquí donde los jueces de Cámara no tienen otra alternativa y obligatoriamente deben realizar el juicio para finalizar resolviendo la situación del procesado.

Es decir los magistrados serán los encargados de sustanciar la prueba, escuchar los testimonios, analizar las pericias y recién después resolverán si el imputado merece ser condenado o absuelto.

Jueces de Cámara reconocieron que debería existir una instancia para que no “suban” todas las causas a la etapa del plenario y eso es responsabilidad de la primera instancia donde son los fiscales quienes solicitan la “elevación a juicio” de las actuaciones. Otra propuesta fue la implementación de algún tipo de consulta entre los acusadores de la instrucción y los fiscales de juicio que serán quienes deberán llevar adelante la requisitoria en la etapa plenaria.

Un fresno seco

Hace algunos años en otro proceso, igualmente absurdo, los fiscales ante los tribunales orales se negaron a tramitar un juicio y se exigió a quien había efectuado la acusación que la sostuviera en segunda instancia y fue así que el fiscal José María Campagnoli debió hacerse cargo del caso. Se trató del proceso (que tramitó el Tribunal Oral en lo Criminal Dos) que se le hizo a un profesor de squash al que Campagnoli acusó por el delito de “daño agravado” por haber reemplazado un fresno marchito de la puerta de su casa por un vástago nuevo.

El fiscal pidió la condena del hombre que había “delinquido” y al final los jueces terminaron absolviéndolo al no poder probarse que el fresno aún tuviera vida cuando fue arrancado. Entre los magistrados que dictaron aquella sentencia estaba la actual integrante de la Corte Suprema, Carmen Argibay. (Télam)

Fuente:www.lacapital.com.ar

AbogadosRosario.com @2025. Todos los derechos reservados.