La Municipalidad de Rosario sancionó la ordenanza Nº 9363, que dispone la instalación de gimnasios urbanos de cielo abierto (llamados GUCA) en plazas, paseos y diez espacios públicos afines de cada distrito de la ciudad.
En uno de sus artículos, la ordenanza expresa que el municipio deberá garantizar, en una primera etapa, la instalación de un mínimo de uno por distrito en las plazas, paseos y diez espacios públicos afines de mayor concurrencia en esa división administrativa municipal.
El texto explica que se entiende por GUCA al parque dotado de diferentes obstáculos que exige el trabajo fisico de todas las partes del cuerpo humano y de capacidades como el equilibrio, la coordinación, la fuerza, la elasticidad, la movilidad y la agilidad, aptos para ser utilizadas por personas con capacidades limitadas.
Estos gimnasios a cielo abierto deberán cumplir los siguientes requisitos:
-Ser construidos con materiales resistentes anti-vandálicos, aptos para ser emplazados al aire libre.
-Cuando sean de origen nacional, se ajustarán a la norma IRAM (Instituto Argentino de
Normalización y Certificación) Nº 3655.
-Cuando provengan del exterior, y en caso de poseer certificado de calidad y seguridad otorgado por algún instituto extranjero de Normalización y Certificación, el IRAM o cualquier otro ente de certificación acreditado por el Organismo Argentino de Acreditación verificará su compatibilización con la norma mencionada.
-Deberán contar con un bebedero, construido con materiales resistentes anti-vandálicos, diseñados preferentemente sin más accesorios que un pulsador y provistos con un mecanismo de presión de agua potable y sin requerimiento de ningún tipo de energía.
Los recursos económicos que demanden el proyecto, dirección, construcción, montaje,
emplazamiento y mantenimiento de los GUCA provendrán:
-De economías a realizarse de las partidas presupuestarias que el Departamento Ejecutivo
estime corresponder, oportunamente.
-Del sistema de esponsorización, patrocinio y adhesión conforme Ordenanza Nº 5.44311992.
Estos espacios deberán contar con cartelería que fácilmente indique lo que a continuación se indica:
a) La localización del centro sanitario más próximo.
b) Las instrucciones sobre la utilización de cada obstáculo que lo integre.
c) Las instrucciones sobre elongación, previa y posterior.
d) La necesidad de consultar a un médico antes de realizar actividad fisica, y la importancia de su visita periódica.
e) El uso prioritario para adultos mayores.
f) La prohibición de utilización por niños y niñas.