"Quisiera comenzar por hacer algunas observaciones y comentarios sobre las declaraciones periodísticas del Juez de Instrucción de la 2ª. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. José Manuel García Porta, publicadas el miércoles 11 de junio en el periódico Sin Mordaza. El Juez de Instrucción Penal, al ser consultado sobre el actuar que correspondería a la policía provincial en el combate contra la inseguridad manifestó que a la institución "habría que permitirle algunos excesos". A renglón seguido, el mismo magistrado declaró como una mera corrección de forma, que estos excesos deberían ser permitidos, eso sí "dentro de límites razonables y sin caer en la ilegalidad".
"Estas declaraciones podrían interpretarse como el remanente del sistema inquisitivo en materia procesal que ha dejado su huella de arbitrariedad no sólo en los más elementales derechos de los justiciables, sino asimismo y con idéntica hondura, en la ideología legitimadora e inseparable de un cuerpo de funcionarios, que ha garantizado la reproducción y justificación de una administración de justicia con profundos resabios de un orden predemocrático", señaló la arista.
Y agregó: "Cuando un magistrado provincial, con la carga ética y profesional que requeriría dicha función, públicamente se expresa a favor de "excesos sin llegar a la ilegalidad", se vuelve imperioso ratificar que el régimen de libertades de las personas constituye el fundamento del Estado de Derecho y el límite intrínseco del ejercicio del control punitivo. No hay, en las potestades punitivas del Estado, exceso sobre legalidad que no sea ilegalidad, y por lo tanto, fragante violación de los derechos fundamentales de los individuos. Manifestar lo contrario implica, desde un notorio desconocimiento del derecho en sus principios elementales, expresa causal de remoción de magistrados según la normativa vigente, hasta una abierta apología de conductas delictivas en pos del mantenimiento de un sistema de penal que ha actuado selectivamente sobre los sectores más vulnerables de la sociedad".
"Cuando un juez provincial en materia penal proclama la necesidad de excesos como instrumento de políticas de seguridad, la gravedad del hecho tiene carácter institucional y no puede ser reducido a una mera opinión a título personal", añadió Gutiérrez.
"Seguramente dentro del cerco de los excesos que el magistrado provincial aspira habilitar, podamos encontrar algunas cifras no muy alentadoras de la actuación de nuestra policía provincial en las últimas décadas. Cabe recordar, que estos excesos que hoy se pretende legitimar, en el pasado cercano, lo estuvieron de hecho, cuando la institución gozó del triste mérito de estar a la cabeza, en términos proporcionales, en casos de asesinatos a causa de gatillo fácil, en aplicación de tomentos en la dependencias policiales o en homicidios en circunstancias de protesta social. Esto tuvo lugar, y no casualmente, mientras se mantenía cono instrumento de control social un sistema de procesamiento penal que privilegió la investigación y la razón de estado por sobre la discusión y las garantías individuales, y que consagró y legitimó la figura del indagador en cabeza de los jueces de instrucción en pos de una supuesta Verdad infringiendo la frontera ética y normativa de los derechos inalienables de las personas".
"Suponer que una política de seguridad implica para su eficacia la necesidad de excesos en la legalidad, constituye el anverso lógico de una argumentación que supone que el origen de la inseguridad se encuentra en un exceso de libertad personal de los ciudadanos".
"Posiciones ideológicas como esta, constituyeron la materia constante de justificación de los sucesivos golpes de estado cívico- militares por más de medio siglo de historia argentina. Estos enfoques suponen que la democracia implica un exceso de libertad, a la que reiteradamente se asimiló a la anarquía, y a la que era necesario remediar mediante el despotismo correctivo del exceso o del "estado de excepción" de las garantías individuales", disparó con dureza la legisladora.
"Cuando a una institución que forma parte de aparato represivo del estado se le permite transgredir la frontera de la legalidad bajo el eufemismo de un exceso, lo que se restringe no es sólo un mero cuerpo de reglas formales que limitan el accionar de un estado sino que lo que se vulnera, son los mismos fundamentos de un orden democrático moderno".
"El mismo funcionario judicial, a renglón seguido de su propuesta para el accionar de la policía, declara lo siguiente: "cuando hablo de libertad me refiero a que los jueces tenemos que dejar que la policía actúe dentro de los límites razonables, y la razonabilidad a veces se entiende de acuerdo al momento histórico que se vive. Según el Sr. García Porta, la razonabilidad de la acción policial, y por lo tanto los límites de la misma, estarían dados por la coyuntura de la acción y no por un estatuto normativo. En donde es la acción la que establece los limites del derecho y no el derecho a la acción, es donde el estado de derecho decae y en donde surgen experimentos totalitarios".
"La posición del magistrado prioriza la fuerza sobre la ley y la razón, la arbitrariedad de un sistema que muere frente a las garantías de otro que nace".
"Estamos en el proceso de implementación de un nuevo cuerpo procesal penal en la provincia, en donde por fin se adecua nuestro sistema a los principios y garantías de nuestra Constitución Nacional, y en donde un conjunto de reglas no son sólo forma sino traslucen una posición ético normativa respecto a las personas, que ningún funcionario podrá desconocer sin abierta y expresamente repudiar, el mismo orden político democrático".