La decisión del Gobierno de actualizar los aportes destinados a las obras sociales se traduce en una suba de hasta casi un 10% en las cuotas mensuales que pagan los monotributistas. La medida afecta a casi 1,2 millones de contribuyentes.
Puntualmente, de acuerdo al nuevo esquema ya oficializado, los particulares y empresas de servicios cancelarán un monto que va desde $115 hasta $292, de acuerdo a las características de cada contribuyente.
De igual manera, para los monotributistas que realicen el resto de las actividades, el nuevo esquema prevé un monto máximo que se ubica en 587 pesos.
Asimismo, también se modifican los aportes y contribuciones que recaen sobre el personal doméstico. Más precisamente, el monto a cancelar podrá alcanzar el máximo de $81,75; de acuerdo a la cantidad de horas trabajadas semanalmente.
Una complicación extra surge ante la decisión de implementar el aumento de manera retroactiva a diciembre pasado. Esto lleva a reformular el calendario de vencimientos y establecer un cronograma especial para ingresar las diferencias adeudadas correspondientes a las cuotas de diciembre y enero pasado.
Nuevos valores
La resolución general 2538, emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y publicada en el Boletín Oficial, establece un aumento del 26% de los aportes que los monotributistas destinan a las obras sociales.
En diálogo con iProfesional.com el flamante Director General de Recursos de la Seguridad Social, Iván Budassi, explicó que "se trata de una actualización automática que responde a lo decidido por el Ministerio de Salud a través de la resolución 1765/2008".
Se aclara que mediante la Ley 26.063 -en su artículo 17- se obliga a la AFIP a actualizar los aportes de los monotributistas y del servicio doméstico de acuerdo a las modificaciones que se establecen en forma periódica por el Ministerio de Salud para el Régimen General de Obras Sociales.
La nueva norma fija una suba de $37 a $46,75 en el aporte mensual del contribuyente titular y de $31 a $39 en la cápita que debe pagar por cada familiar a cargo.
Consultado sobre si esta medida se constituye en el primer paso de lo que será una reforma integral del Monotributo, Budassi precisó "que el Gobierno se encuentra analizando varios proyectos que proponen actualizar los límites de las categorías, pero aún no hay una decisión firme al respecto".
El aporte destinado a la obra social es uno de los componentes que integran la cuota mensual que afronta mes a mes cada monotributista. Por lo tanto, la actualización impacta en el esquema de pago de la siguiente manera:
En líneas generales, respecto a los pequeños contribuyentes que se desempeñan como prestadores de servicios el incremento va del 3,50% al 9,30%. Para el resto de las actividades el impacto en la cuota mensual se ubica entre el 1,70% y el 9,30 por ciento.
Vale aclarar que los monotributistas se ubican en las distintas categorías de acuerdo al monto de facturación anual, los metros cuadrados destinados al desarrollo de la actividad y el consumo anual de energía eléctrica. Así, si bien numéricamente el incremento para todas las categorías alcanza $9,75, el impacto porcentual varía de acuerdo al monto total de la cuota mensual. Ante un mayor valor de la cuota, el incremento en términos porcentuales disminuye.
Por ejemplo, para un contribuyente que se ubica en la categoría "A" o "F" la suba alcanza un 9,29%. En cambio, aquellos monotributistas que responden a la categoría "B" y "G" afrontan una suba del 8,78%.
Asimismo, para los monotributistas categoría "C" y "H" el impacto se ubica en 6,63%. La menor suba la sienten los pequeños contribuyentes que se encuentran entre las categorías "K" y "M" ya que afrontan un incremento que va del 1,69% al 2,55 por ciento.
A fin de obtener más detalles la AFIP puso a disposición de los particulares y las empresas un instructivo online en donde se explica el alcance del incremento.
Personal doméstico
Complementariamente, la resolución también actualiza el esquema de aportes y contribuciones a ingresar por cada empleada doméstica.
Los cambios recaen sólo sobre dos categorías de personal doméstico. Para el caso de las trabajadoras que tienen más de 18 años y superan las 16 horas semanales, el monto de aportes y contribuciones pasa de $72 a 81, 75 pesos.
Si la empleada supera las 16 horas semanales y tiene entre 16 y 18 años, el monto mensual a ingresar aumenta de $37 a 46,75 pesos.
Al respecto Budassi adelantó a este medio que "durante diciembre pasado se pagaron aportes por 418.000 empleadas domésticas". Esto representa un aumento cercano al 20% respecto a la última cifra difundida por la AFIP. El funcionario también anticipó "que los cerca de 2.000 ex empleados de las AFJP incorporados por la AFIP" estarán bajo su órbita.
"Saldrán a la calle a controlar el trabajo en negro y a combatir el nivel de informalidad que se registra en el empleo doméstico", aseguró Budassi.
Vigencia retroactiva
Un problema que se genera ante la aplicación de la actualización surge por la implementación retroactiva al 1º de diciembre pasado.
Desde Lisicki, Litvin & Asociados, Ricardo Sosa, explicó que "el incremento en las cuotas del Monotributo tiene efectos para la obligación de pago cuyo vencimiento operó desde diciembre de 2008 en adelante".
"En el caso de que no se haya cancelado al 24 de diciembre pasado la obligación de dicho mes, la diferencia puede ingresarse hasta el 16 de febrero", agregó el tributarista.
El mismo plazo rige para cancelar la diferencia correspondiente al mes de enero pasado.
Asimismo, el experto advirtió que "cuando la obligación de enero de 2009 haya sido cancelada con la modalidad de débito directo o débito automático en tarjeta de crédito, la diferencia se debitará el 25 de febrero".
También -a fin de dar más tiempo a empresas y particulares- la AFIP decidió prorrogar hasta el 16 de febrero el plazo para pagar la cuota del Monotributo de dicho mes y la cancelación de los aportes y contribuciones correspondientes a las empleadas domésticas devengados en enero. De no existir la extensión en el plazo, ambas obligaciones comenzarían a vencer en los primeros días de febrero.
En relación con este particular esquema, Sosa señaló que "se estableció una suerte de efecto retroactivo sui géneris, ya que se tomó como fecha de entrada en vigencia la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la norma, que adecuó los valores sobre la base de los cuales se calculan las cotizaciones al Sistema Nacional del Seguro de Salud". El experto se refirió puntualmente a la resolución 1765/2008 emitida por el Ministerio de Salud el 24 de diciembre pasado.
"Lo ideal sería que la resolución (AFIP) 2538 rija a futuro. Es decir, para los períodos febrero de 2009 y siguientes", concluyó Sosa.
Hernán Gilardo