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En 90 días será obligatorio declarar bases de datos personales

El Registro Nacional de Protección de Datos Personales, previsto en la ley 25.326, de Hábeas Data, y nunca implementado se pondrá en marcha en los próximos días.

Esa disposición se publicará en los próximos días en el BO y a partir de los 90 días de esa publicación comenzará el proceso de inscripción de los responsables de los archivos, bases o bancos de datos públicos o privados que existan en el país.

El registro funcionará como un ente regulador y su responsabilidad primordial será la protección de los datos personales de todos los ciudadanos.

Control de archivos o bases de datos de empresas

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP), dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, será el órgano de control del registro. Este organismo público que depende del Ministerio de Justicia no registrará datos personales, sino que controlará a las bases que registran esos datos.

Quiénes deben inscribirse

Todos aquellos que dan informes o cedan o transfieran información.

Cómo será el trámite

Una vez puesto en marcha el registro se podrá acceder a la inscripción mediante la página web www.jus.gov.ar seleccionando la opción “Formulario de Inscripción, Modificación o Baja”.

Algunos de los campos a completar en la planilla:

– Ubicación principal del banco de datos

– Características y finalidad del mismo

– Naturaleza de los datos personales contenidos en el banco de datos

– Origen y forma de recolección de datos

– Destino de los datos

– Cantidad de personas registradas

– Medidas de seguridad del banco de datos

– Contratación de servicios de tratamientos de datos con terceros, entre otros.

De cada uno de estos ítems se desprende una serie opciones que el usuario deberá completar.

El costo de este trámite será el pago de un formulario, importe que será informado oportunamente.

¿A dónde recurrir?

Se pone a disposición el contacto online con la DNPDP www.jus.gov.ar/dnpdp . O vía e-mail: infodnpdp@jus.gov.ar, o telefónicamente al 4328-7138. Para dirigirse personalmente, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales está ubicada en Sarmiento 329, 4° piso Anexo.

Un nuevo concepto de control

En una entrevista con INFOBAEprofesional, el Dr. Juan Antonio Travieso, director Nacional de Protección de Datos Personales y el Dr. Pablo Segura, a cargo de la dirección legal y técnica de la Dirección, explican las características, el funcionamiento y las condiciones de aplicación de esta nueva herramienta.

– ¿Cuál es la finalidad del Registro Nacional de Bases de Datos?

Dr. Travieso: el Registro se establece mediante la ley 25.326, que regula todo el ámbito de la protección de datos personales. Esta herramienta, que tiene una autoridad de control, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales es un sistema a través del cual se tiene una nómina actualizada de todos los responsables de bases de datos, y estos responsables están sujetos a actividad de control.

La responsabilidad primaria de esta dirección, es la protección de los datos personales. La ley de datos personales no impide el manejo de la información sino que solamente la regula, le marca los límites, establece un marco en el que se establece si un tratamiento es legal o ilegal.

– ¿Cómo se va a desarrollar su funcionamiento?

Dr. Travieso: el Registro tiene varias etapas. Por un lado se recaban los datos del administrador de la base de datos. Por otro lado implementamos un instructivo para que exista un correcto entendimiento del registro. También se va a instalar una mesa de ayuda para brindar todo tipo de información acerca de todos los aspectos relacionados a la inscripción.

Dr. Segura: es importante mencionar que desarrollamos un manual donde se describe detalladamente el paso a paso, de manera tal de guiar al usuario en el trámite de completar los campos requeridos en el formulario de inscripción.

– ¿Cómo se lleva adelante el trámite de inscripción?

Dr. Travieso: es un trámite verdaderamente práctico y sobre todo veloz, ya que la inscripción es online. Se deberán llenar una serie de campos donde por ejemplo se solicitará descripción del tipo de datos que se manejan, forma de recolección de los mismos, características y finalidad de los datos, tipo de soporte que se utiliza y demás datos relevantes para el eficaz desarrollo del Registro. Este Registro se renueva cada año.

Dr. Segura: cabe señalar que la inscripción es obligatoria.

-¿Quiénes están obligados a inscribirse?

Dr. Travieso: La ley establece que deben hacerlo todos aquellos que dan informes o cedan o transfieran información. Es muy importante saber que esta Dirección no registra datos personales, sino que controla a las bases que registran esos datos.

Dr. Segura: Nosotros no entramos en conocimiento con los datos que se registran. Cuando un titular viene a pedir acceso a la base de datos, nosotros simplemente hacemos un nexo entre este titular del dato y la base registrante, nunca entramos en contacto con los datos. Es decir controlamos el funcionamiento de las bases, no registramos datos. Lo que si es interesante que la gente sepa es que los titulares de los datos pueden concurrir a la Dirección para averiguar quienes son los que están tratando sus datos personales.

– ¿Qué tipo de sanciones rigen para quienes no cumplan con la normativa de inscripción?

Dr. Segura: se establece una clasificación de las infracciones y de acuerdo a eso la graduación de las sanciones. Con respecto a la no inscripción en el Registro se pueden cometer dos tipos de infracciones: la primera es leve y se refiere a no anotarse en el plazo en que se debía y leva una pena que va de los 1000 a los 3000 pesos de multa. Mientras que la segunda se presenta cuando frente a una intimación de la Dirección se continúa en una actitud de no acceder a la inscripción, en este caso las sanciones van de los 3000 a los 50 mil pesos.

Para medir el grado y el tipo de sanción que se aplica, evaluamo9s entre otras cosas el tipo de base de datos, la categoría de información que registra, el daño que se le puede causar a una persona cuando no es correctamente controlada esta base de datos.

Dr. Travieso: hay muchos datos de alta sensibilidad que nosotros estamos obligados a resguardar fuertemente. Existen, por ejemplo, datos relacionados a la salud que son de alta sensibilidad, y esto hace que sea necesaria una regulación para que se manejen con total cuidado.

– ¿Qué medidas de seguridad se ofrecen?

Dr. Travieso: En las bases de datos tiene que haber suficientes copias de resguardo. Estamos obligados a controlar las medidas de seguridad y a exigir que las empresas las tengas. Que tengan backups ubicados en cajas de seguridad de algún banco, o en cajas uní fugas. También es muy importante resguardar los accesos indebidos a los datos. En esto hay que ser muy estrictos.

– ¿Cuándo se va a poner definitivamente en marcha este el registro?

Dr. Travieso: Se va a aplicar en los próximos meses. El Ministro de Justicia y de Derechos humanos nos brinda apoyo a través de un ente de cooperación de carácter semipúblico, y a da la apoyatura económica a toda este iniciativa. Por un lado, el Ministro ya ha firmado el ente de cooperación.

Dr. Segura: Ahora sólo falta el dictamen del área técnica jurídica del ministerio para que se ponga en marcha. Se espera que el instructivo y las normas de carácter técnico registrales sean publicados en el Boletín Oficial, y a partir de esto hay que dar a la gente un tiempo razonable para que vayan metabolizando esta novedad.

– ¿Qué respuesta están dando en las empresas frente a esta nueva herramienta?

Dr. Travieso: Este es un nuevo concepto de control. La respuesta es muy positiva ya que para las bases que lucran con los datos personales, nosotros representamos una ventaja de competitividad para ellos. De alguna manera, funcionamos como una especie de certificado de calidad del tratamiento que ellos hacen de los datos personales. Estamos verdaderamente muy orgullosos por que en lo que hace a transferencia internacional de datos, la Argentina ha sido designada como un país con protección adecuada y es uno de los cinco países del mundo que tiene la adecuación y cumplimiento de los estándares de la Unión Europea.

Fuente:www.infobaeprofesional.com

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