La misma se llevará a cabo el jueves 12 de Marzo a las 12 horas en el Hall de la Legislatura Provincial y contará con la presencia del Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe, CPN Omar Perotti, el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la provincia de Santa Fe, Dr. Roberto Sukerman y el Gerente General de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo de la Nación, Lic. Marcelo Dominguez
Como es sabido la Ley y las Comisiones Médicas fueron declaradas inconstitucionales en reiteradísimas ocasiones.
Los principales perjudicados: los trabajadores.
Afecta sus derechos en cuanto impide el libre acceso a la justicia, los somete a una vía administrativa previa, quitándoles su juez natural, discriminándolos ante los demás ciudadanos víctimas de un daño que pueden acudir a la justicia sin más trámite.
El trámite administrativo previo ha sido declarada inconstitucional numerosas veces por fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siendo esta adhesión una reiteración del ya fracaso instaurado por le Ley 24.557.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados ha dictaminado que:
I.- Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado la inconstitucionalidad de todo tipo de trámite previo al reclamo judicial de determinación de la naturaleza y la indemnización de un reclamo por accidentes o enfermedades del trabajo.
II.- Que a pesar de ello y a efectos de responder a la rentabilidad de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), uno de los principales actores y responsables del sistema de Riesgos del Trabajo, creado para prevenir y tratar las enfermedades y accidentes de los trabajadores, LA LEY 24.557, puso a su cargo se la realización de las inversiones necesarias para evitar o mínimamente disminuir los infortunios laborales.
III.- Que las acciones interpuestas en los últimos años y las que hoy se pretenden interponer tienen como causa casi excluyente lo expuesto en el considerando precedente y de ninguna manera tienen que ver con una industria del juicio, como se pretende hacer ver a la sociedad por parte de los operadores de los beneficiados con éste sistema que pretende alejar a los justiciables de los abogados de su confianza y de los Tribunales del Trabajo.-
IV.- Que en las provincias en las que se ha dictado la ley de adhesión local se ha experimentado el fracaso de ésta normativa desde la perspectiva de una justa y rápida determinación e indemnización de los infortunios laborales, ello a pesar de que distintos comunicadores tergiversen la información al respecto.
V.- Que concretamente nos encontramos ante un procedimiento previo previsto para desgastar a los justiciables y a los abogados que los patrocinan en su reclamo demorando con todo tipo de requisitos previos la fijación de las audiencias respectivas, con casos en que desde la puesta en vigencia de éste nuevo sistema están desde el primer día esperando la fijación de día y hora de audiencia aún no designada.
Ver resolución completa:
http://www.abogadosrosario.com/userfiles/files/ResolucionRiesgoTrabajo (1).pdf