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Entró en vigencia una ley que regula el mercado de pases de deportistas en Argentina

El derecho de Compensación a los clubes formadores de jugadores cuando son transferidos en el mercado local ya tiene ley  y su autora es la diputada nacional, Claudia Giaccone, del Frente para la Victoria (FPV).

Dicha iniciativa se consagró en ley por unanimidad de ambas cámaras (senadores y diputados) del Congreso Nacionales recientemente y se encuentra en plena vigencia

La compensación en formación puede ser en dinero o en especies (Pelotas, Botines, aros bote, remo, etc) y compete a todas las Federaciones deportivas. (Futbol, Automovilismo, Rugby, Boxeo, Basquet, Tenis, etc)

Ahora bien, dicho derecho se circunscribe entre jugadores que van de los 9 a los 18 años y rige en transferencias entre clubes argentinos, En el plano internacional también existe  un derecho de formación que se reconoce entre los 12 y los 21 años y se paga hasta los 23 y después se paga lo que se conoce como mecanismo de solidaridad en el futbol, en el básquet y rugby.

Esos estatutos extranjeros dicen que cualquier país tiene la obligación de incorporar ese derecho de formación y la AFA lo incorporó pero no lo hizo ejecutivo. “Aparte mientras se pagaban 90 mil euros en Europa, (Grondona) pagaba 80 mil pesos por todo a los clubes. Si algún club se quejaba (pasó con un Jugador Emanuel Villa que se formó en Club  Alumni de Casilda), la AFA tomaba el pedido pero se cajoneaba, nunca se cobraba”, ejemplificó Giaccone

LA LEY

La ley trata de lo siguiente: Un club o clubes  que forman un jugador, un atleta, entre los 9 y los 18 años pueden reclamar cada vez –cuando el jugador se transforme en profesional- que firme un nuevo contrato o traspase sus derechos federativos a otro club, un cinco (5) por ciento por la formación de dicho jugador

La diferencia con FIFA es que la entidad internacional  reconoce el derecho de formación solo una sola vez. Esta ley especifica que todas las veces que el jugador es transferido, los clubes o club formador cobraran dicha compensación “porque esta instrumentado con el mecanismo de solidaridad que se paga después de los 23 años cada vez que hay una transferencia internacional (de país a país).

Como se señaló el derecho de formación se puede pagar con el cinco (5) por ciento del contrato laboral o la transferencia de derechos federativos. También la ley establece que todos  los contratos deben ser registrados. “El club que lleve al jugador de otro club que lo formó pagará un cinco (5) por ciento sobre el contrato”, explicó la diputada nacional 

Asimismo, es obligación de todas las Federaciones de registrar todos los contratos. La ley especifica que dichos contratos son profesionales más allá del nombre que se le ponga (becas, subsidios, locación de servicio, contrato laboral). “La ley prevé todo esto”, señaló la diputada y agregó: “Todo contrato que supera un salario mínimo vital y móvil y es contrato profesional y sobre eso se debe pagar a los clubes un cinco (5) por ciento a los clubes formadores”

En tanto, Si es contrato no parece registrado se toma como base 36 salarios mínimos vital y móvil para compensación y en caso de que el club “que se lleve al jugador y no pague la compensación al club o clubes formadores, estos pueden recurrir a la justicia ordinaria. Asi lo establece la ley”, señaló Giaccone

“La ley viene a proteger, ante todo, el derecho del club de barrio, que es en donde se inicia el deportista. Ese club generalmente es el que más aporta e invierte en cuanto a la formación del chico, desde los valores a las normas de competencia, y al final es el que menos recibe. Lo que se quiere lograr con esta norma es que llegue al club un porcentaje de dinero, o su equivalente en especies, que pueden ser desde pelotas o redes, por haber formado al deportista”, expresó la diputada

JUSTICIA ORDINARIA

La ley prevé que si no se reglamenta el derecho de formación en las federaciones deportivas, se podrá recurrir a la Justicia ordinaria. La norma “intenta llenar un vacío legal”, apuntó la legisladora santafesina.

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