Desde hace un largo tiempo, sobre todo desde la década de los 90, se vienen analizando medidas para reducir el trabajo en negro, que años atrás llegó a niveles escandalosos. Por eso, las comisiones de Producción y Promoción del Empleo y de Presupuesto y Hacienda del Concejo Municipal de Rosario analizan actualmente el proyecto de ordenanza Nº 9369, que propone la creación del programa “Rosario contra el empleo informal”.
La iniciativa se apoya en las leyes Nº 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral y la Nº 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Ambas legislaciones tienen como fin garantizar el cumplimiento de los derechos laborales de todo trabajador mediante el impulso de medidas requeridas para reducir a su máxima expresión los niveles de informalidad laboral hoy vigentes.
La Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral da la posibilidad a los empleadores de descontar las cargas sociales por cada trabajador nuevo que se registra e incluso en el caso de los micro-empleadores de descontar las cargas sociales pertenecientes a los trabajadores que ya están incorporados en la nómina de la empresa y se encuentran en funciones.
Al mismo tiempo, al implicar mayores descuentos en las cargas sociales cuanto menor es el tamaño de la empresa esta ley redirecciona el esfuerzo fiscal ya existente hacia el sector más vulnerable de los empleadores. Según datos oficiales, el grupo de los micro y pequeños empleadores representan en nuestra provincia el 94,21% del total, representando 185 mil puestos de trabajo.
La informalidad laboral en nuestro país ha experimentado una fuerte reducción en la última década, pasando de una tasa cercana al 50% del empleo total en 2003 hasta valores por debajo del 35% en 2013, lo cual es producto de la creación de más de 3 millones de puestos de trabajo registrados. No obstante, esta tendencia puede dividirse en dos partes: durante la primera mitad del período la precariedad se redujo a razón de 2,5 puntos porcentuales por año, mientras que luego se desaceleró a 0,6 puntos anuales de caída.
En el Gran Rosario el número de trabajadores en negro era, según la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) analizada por el Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC), al tercer trimestre de 2013 de 74.998 personas. Es decir, un 34,4% del total de los asalariados. Desde 2003 no se ha podido perforar el piso de 30% de informalidad laboral en el Aglomerado Gran Rosario.
Según el IPEC "si se toma al total de asalariados que no tienen descuentos jubilatorios en el Gran Rosario se observa que, en términos absolutos, la categoría servicio doméstico representa el 24,l por ciento del total, seguida por el sector de la construcción que contabiliza el 17,5 por ciento del total de los trabajadores precarizados”. Por lo tanto, el 41,6 % de los asalariados precarizados están representados por estos sectores, alcanzando un total de 31.200 personas.
El Decreto 46712014 que reglamenta la ley 26.844 establece que "las remuneraciones del personal comprendido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el
Personal de Casas Particulares que presten servicios durante treinta y dos (32) o más horas semanales para el mismo empleador, deberán abonarse mediante la acreditación en una cuenta sueldo abierta a su nombre en entidad bancaria o en institución de ahorro oficial.
Para el personal que preste servicios por una cantidad de horas semanales inferior a la indicada en el párrafo precedente será facultativo para el empleador el pago de las remuneraciones por acreditación en cuenta de entidad bancaria o en institución de ahorro oficial. En ambos casos el personal podrá exigir a su empleador el pago en efectivo de sus remuneraciones.
Actualmente, para la apertura de una cuenta sueldo para trabajadores de casas particulares en el Banco Municipal no es necesario que el empleador abra una cuenta corriente.
Que, a su vez, gran cantidad de empleadores de trabajadores de casas particulares desconoce los alcances de las normativas vigentes.
En el cuerpo del proyecto de ordenanza se destaca que el propio personal de casas particulares presenta reparos a la formalización de su empleo producto del temor a dejar de percibir ciertos beneficios sociales como lo es la Asignación Universal por Hijo (AUH). Este temor es infundado ya que en la actualidad estos beneficios son plenamente compatibles con el trabajo registrado.
Tomando como basamento estas cuestiones, se impulsa la creación del programa "Rosario contra el empleo informal", que tiene como principales objetivos implementar acciones tendientes a la reducción de la informalidad laboral, difundir los derechos laborales consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y difundir los riesgos y costos susceptibles de ser asumidos por los empleadores derivados de la no registración de sus empleados.
Sanciones
Los empleadores que se encuentren incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), no podrán acceder a los programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados, o financiados por el Estado Municipal; acceder a líneas de crédito otorgadas por el Banco Municipal de Rosario; celebrar contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, consultoría,
alquileres con opción a compra, permutas, concesiones de uso de bienes de dominio público y privado del Estado Municipal; ni participar en obras públicas, concesiones de obra pública, concesiones de servicios públicos y licencias.
Exigen que Rosario tome posición en contra del empleo informal
- febrero 3, 2015
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