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Fallo de Cámara rechazó la postura de la Corte sobre la pesificación

Un ahorrista de 73 años de edad que recuperó sus dólares atrapados en el “corralito” y pesificado a 1,40 más CER y no hizo reserva por la diferencia con la cotización en el mercado libre, obtuvo un fallo de Cámara que ordena que

igualmente le sea devuelto el remanente de dinero.

Esa diferencia surge de tomar el monto original del depósito en dólares y restarle lo que efectivamente cobró, lo que en el caso representa unos 33 mil dólares.

La Sala Uno de la Cámara en lo Contencioso Administrativo no sólo contradijo así el fallo de la Corte Suprema que avaló la pesificación sino que desestimó la jurisprudencia que sostiene que el ahorrista obró bajo la teoría de los “actos propios” y , en consecuencia, no tenía derecho al reclamo por la diferencia.

Los camaristas Néstor Buján, Pedro Coviello y Bernardo Licht confirmaron un fallo de primera instancia de la jueza María José Sarmiento, que concedió al ahorrista Jorge José Scarazzini, quien cuando estalló la crisis de fines de 2001 tenía depositados 63.802 dólares en una cuenta en el Banco Río.

Scarazzini, representado por el abogado Gustavo Soler, probó durante la sustanciación del juicio que padecía una afección física crónica que requería un tratamiento médico permanente, y bajo esa situación de necesidad aceptó la restitución de sus ahorros pesificados a 1,40 pesos más el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

El dinero recobrado, según explicó el abogado Soler, “fue utilizado, entre otras cosas, para el pago anticipado del sistema médico privado” con que el ahorrista atendía su dolencia.

La Sala Uno de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, citando su propia jurisprudencia, volvió a declarar “la inconstitucionalidad de las normas que restringieron la libre disponibilidad de los depósitos bancarios en general y pesificaron los constituidos en moneda extranjera en particular”.

“Con sustento en las normas cuya inconstitucionalidad se declara, no puede negarse a la accionante la libre disponibilidad de las sumas que ella tuviese acreditadas en la moneda en que efectuó la imposición”, sostuvieron los camaristas Buján y Coviello, en el voto mayoritario.

Pero además, los jueces se montaron sobre los argumentos del ministro de la Corte Raúl Zaffaroni en el fallo que avaló la pesificación, y dispusieron la devolución de la diferencia “en atención a que el depósito objeto de autos es inferior a 140.000 dólares”.

La Cámara confirmó un fallo de primera instancia que estableció que “no puede sostenerse que haya existido pesificación voluntaria”.

“En todo caso el ahorrista, quien no fue preavisado de la situación de indisponibilidad en que se encontrarían sus depósitos bancarios, manifestó su voluntad a fin de ser excluido de la reprogramación y, de tal manera, poder extraer, dentro de las limitaciones impuestas, en la mayoría de los csos para afrontar necesidades básicas”, había establecido la jueza Sarmiento y confirmó la cámara.

“Aún en el hipotético caso de que pudiera considerarse que el ahorrista pudo optar voluntariamente a favor de la pesificación, ese acto voluntario aparece viciado por haber sido realizado en estado de necesidad, situación conocida y aprovechada por el sistema bancario, provocando a favor de este último una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada”, concluyó el fallo.

Fuente:www.infobae.com

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