La rescolución, que dejó a Videla cerca del juicio oral y que rechazó la posibilidad de enjuiciarlo por escrito fue dictada por la Sala I de la Cámara Federal al agregar 21 nuevos casos de sustracción y ocultamiento de menores.
Videla será juzgado por el robo de bebés ocurrido en distintos centros clandestinos de detención como los de Pozo de Banfield, Comisaría 5 de La Plata, La Cacha, Automotores Orlellti,el Hospital Militar de Campo de Mayo, entre otros.
Para la Cámara, "en el caso puntual de Jorge Rafael Videla, su posición en la cúspide de la cadena de mandos le ha permitido, a través de sus órdenes, el manejo del aparato de represión ilegal que sirvió de herramienta para que estos delitos fueran cometidos", según dice uno de los párrafos del fallo.
"En el intento desmedido de querer cortar todo rastro con la verdadera familia y callar todo reclamo, no se reconocieron límites: asesinaban, salvo excepciones, a las madres; y ello ocurría al poco tiempo de dar a luz o de ser separadas de sus hijos. Los padres ya habían corrido esa misma suerte tiempo antes. Eso fue acompañado por la negativa de información a los familiares",
remarcó la Cámara.
En La Cacha se citan los casos de Laura Estela Carlotto y de María Elena Isabel Corvalán de Suárez Nelson, ambas secuestradas embarazadas que fueron trasladadas desde allí para dar a luz en un hospital militar -probablemente el Hospital Militar Central- y, a las pocas horas, las reingresaron en el centro, pero sin sus hijos.
En el caso de Carlotto, "habría sido ejecutada de un tiro en la cabeza y otro en el estómago, para ocultar el embarazo". Y a Corvalán "se la amenazaba con que la iban a torturar y que iba a perder a su hijo. Las madres y sus hijos están desaparecidos", según consta en la resolución.
El Vesubio y El Olimpo fueron otros dos de los centros clandestinos donde se sustrajeron los recién nacidos.
"Se pusieron a disposición todos los elementos necesarios para asegurar el robo de los bebes: hospitales, médicos militares, enfermeros, inscripciones falsas en los registros civiles, testigos falsos para las actas de nacimiento, selección de las parejas que querían adoptar bajo estas condiciones clandestinas a las criaturas, etc", señaló la Cámara en el fallo.
Para los camaristas Horacio Cattani y Eduardo Farah "nada de ello hubiese sido posible sin las órdenes directas y secretas de los comandantes en jefe de las fuerzas armadas. Ellos no desconocían que, desde el primer momento de la dictadura, se robaban bebes, pues ellos mismos fueron quienes así lo quisieron.
De otro modo no se explica cómo fue posible el armado de tan gigantesca estructura, coordinación de personas, colaboración entre las distintas fuerzas armadas nacionales, internacionales y de otros organismos nacionales, y la repetición de numerosos casos iguales", puntualizó la Cámara.
La Cámara, en cambio no compartió el criterio del entonces juez Guillermo Montenegro de considerar en esta resolución el caso de Claudia Victoria Poblete, pues "fue sustraída luego de que el imputado dejara el cargo señalado, circunstancia que impide atribuírselo".
El fallo rechazó además los planteos de prescripción y de cosa juzgada interpuestos por la defensa de Videla, confirmó que se trata de delitos de lesa humanidad y por lo tanto imprecriptibles y ordenó al actual juez de la causa Norberto Oyarbide, imprimirle "celeridad" al trámite para la realización del juicio oral y público.