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JUECES

25 Feb 2004

Práctica degradante ésta que se viene dando desde el nacimiento mismo del país, tanto que, por ejemplo, en diciembre del 16 la Cámara de Senadores de la provincia dio media sanción a un proyecto de ley sobre justicia de paz electiva, en la que los jueces de paz durarían dos años en sus funciones, lo que se estimaba daría “buenos resultados y será muy conveniente para los intereses generales de los pueblos”, ya que “la experiencia nos viene demostrando que la justicia de Paz confiada hasta aquí al Poder Ejecutivo viene dando muy malos resultados, pues los nombramientos recaen comúnmente en personas completamente ajenas e indiferentes a los intereses de los vecindarios, y, lo que es más triste, en personas incompetentes, faltas de honradez y moralidad para el desempeño de tan honroso como noble cargo. Es frecuente se nombre juez en una localidad determinada a una persona que nunca residió en ella, y por consiguiente con un desconocimiento absoluto de los intereses y personas que ha de armonizar”, señalaba El Correo de Firmat en su edición del 7 de enero de 1917.

Pasaron 87 inconmovibles años, y todo sigue igual, ya que ni aquel ni sucesivos proyectos similares terminaron en ley.

El Diputado Alfredo Luis Cecchi (PS) promovió en los años 95 y 99 una legislación tendiente a garantizar transparencia en la designación de los Jueces Comunales, que el justicialismo negó a tratar, y ahora el Bloque Socialista propuso la anulación de los citados nombramientos, mientras el Gobernador dictó un Decreto limitando sus atribuciones en la designación de los mencionados funcionarios.

Mas si bien esto último implica un paso adelante, no alcanza. Por un lado, debe recordarse que recién doce años después de la creación por Decreto del Consejo de la Magistratura, se pudieron corregir gruesos errores de procedimiento que durante aquel lapso anularon completamente la posibilidad de mejorar el sistema de selección de jueces. Por otro, un Decreto del Poder Ejecutivo puede ser revisado por éste Gobernador o por sus sucesores sin intervención alguna del Poder Legislativo, y la transparencia en el funcionamiento de las Instituciones necesita la garantía de la ley, que es en la que se manifiesta la voluntad política del poder.

En razón de ello, el Diputado Cecchi (PS) acaba de ingresar un Proyecto de Ley que tiende al mejoramiento del servicio de justicia en la provincia por medio de una jerarquización de la función de los Jueces Comunales.

Se trata de alcanzar este objetivo por medio de dos reformas a la Ley Orgánica de Tribunales de la Provincia. Por un lado se incorporan nuevos requisitos para acceder al cargo, y por el otro se amplía la competencia cuantitativa así como la material.

En el primer aspecto, se incorpora como requisito para la designación poseer título de Abogado con la correspondiente inscripción en la matrícula. A nadie escapa la gran oferta existente en el campo de profesionales del derecho y no es desdeñable aprovechar esta situación para mejorar la calidad del servicio.

Es de destacar que en la reforma se propone como recaudos, ser nacido en la comuna en la que se pretende desempeñar el cargo y el título habilitante, aspectos que conjugan con la autorización que permite al Poder Ejecutivo dejar de lado estos dos requisitos en el caso que en un primer llamado no existieren aspirantes que los reúnan. Para evitar un rigorizmo excesivo, por vía reglamentaria se determinará el alcance y modo de aplicación de dichos requisitos, lo que permitirá una mejor adaptación de la normativa a las realidades concretas en cada caso.

En lo que refiere a la ampliación de competencias tanto material como cuantitativa, esto contribuirá a descomprimir las instancias superiores, reduciendo el número de causas que a ellas se dirigen hoy, y al disminuir la gran cantidad de trabajo que los superiores acumulan, contribuirá también a aumentar la calidad de sus tareas, a la vez que permite a los habitantes de las comunas respectivas evitar litigar en lugares relativamente alejados de sus domicilios en causas de montos bajos, que en la mayoría de las veces no justifican tal esfuerzo.

Fuente:www.tercermundonline.com.ar

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