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La Corte ordenó a YPF que haga públicas las cláusulas del contrato con Chevron

La Corte Suprema de Justicia dio a conocer este martes su fallo para que YPF dé a conocer los alcances y cláusulas del contrato firmado con la empresa Chveron para la explotación de hidrocarburos no convencionales en la provincia de Neuquén, que incluye las áreas de Lomas de La Lata Norte y Loma Campana.

El fallo de la Corte lleva la firma de los Ministros Lorezentti, Fayt y Maqueda (a favor), y en disidencia de Highton De Nolasco.

Entre otros puntos establece que “YPF S.A. es uno de los sujetos que, por encontrarse bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional, se halla obligado a dar cumplimiento a las disposiciones del decreto 1172/03 en materia de información pública (artículo 13)” y que si bien “el derecho de acceso a la información, en tanto elemento constitutivo de la libertad de expresión protegido por normas constitucionales y convencionales, no es un derecho absoluto sino que puede estar sujeto a limitaciones” no es el caso de YPF-Chveron (artículo 25).

“Este es el primer fallo de acceso a la información pública ambiental en la historia de la jurisprudencia argentina y además indica que YPF no puede ampararse en que es una Sociedad Anónima para negar el acceso al contrato sino que es una empresa del Estado Argentino”, sostuvo el senador Rubén Giustiniani, uno de los legisladores que hizo la presentación.

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