La decisión fue tomada por amplia mayoría y está relacionada con el pedido formulado por Ragnar Erland Hagelin para poder proseguir el trámite de la causa penal por privación ilegal de la libertad, hecho ocurrido en enero de 1977, y posterior desaparición de su hija.
La reapertura de la causa podría derivar en la citación del represor Alfredo Astiz, acusado de ser el responsable del secuestro de Dagmar Hagelin cuando tenía 17 años, y que fue sobreseído en 1987 por la Justicia militar.
Esta resolución de la Corte se vincula con otras señales de distintos jueces que ya argumentaron en contra de la constitucionalidad de la leyes de obediencia debida y punto final, en otras causas relacionadas con la violación de los derechos humanos durante la dictadura militar.
La decisión sobre la causa Hagelin se suma a la resolución del tribunal del 21 de agosto en la que consideró que el represor Jorge Rafael Videla no fue juzgado por la sustracción de bebés.
En el caso Hagelin, sólo uno de los ocho ministros -Adolfo Vázquez- votó contra la reapertura de la causa, ratificando el fallo de la Cámara Nacional de Casación que se opuso al ejercicio de ese derecho debido al “acuerdo de solución amistosa” que el padre de la desaparecida celebró con el Estado nacional y por el que cobró una suma algo superior a los 700 mil pesos.
El presidente Carlos Fayt y los vocales Eduardo Moliné O’Connor, Enrique Petracchi, Augusto Belluscio, Antonio Boggiano, Guillermo López y Juan Carlos Maqueda consideraron que Hagelin no renunció ni subordinó su derecho a impulsar la pesquisa por cobrar una indemnización. Aunque los ministros votaron según sus propios fundamentos, coincidieron en la necesidad de proseguir la acción penal “para prevenir la posible comisión de desapariciones forzadas de personas y sancionar a los responsables directos de las mismas”.
Maqueda dijo que de las negociaciones entre el demandante y el Estado “de ningún modo puede inferirse que son extensivas al debate vinculado a la persecución penal y la averiguación de la verdad”. (Télam)
Fuente: www.lacapital.com