En su afán recaudatorio, los municipios de la provincia de Córdoba no se detienen y siguen enviando multas a presuntos infractores e instándolos a pagar sumas cada vez mayores. La práctica que se volvió repetida en los últimos meses tiene por protagonistas a numerosos conductores que han circulado o no por la provincia de Córdoba y que comenzaron a recibir multas por presuntas infracciones de tránsito, en especial la de circular sin las luces bajas encendidas.
Frente a esta situación, tanto la Defensoría del Pueblo de Santa Fe como la de Córdoba alertan a quienes reciban las actas a asesorarse ya que desde el 21 de febrero de 2007 se encuentran suspendidos en la provincia de Córdoba todos los controles de tránsito de este tipo, por Resolución emanada de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de esa provincia.
"Nosotros no somos defensores de los infractores -aclaró la defensora del pueblo de Córdoba, Jessica Valentini, a Rosario3.com- pero queremos que la gente sepa que de ninguna manera los municipios de Córdoba tiene facultad para constituirse en tribunal administrativo y pretender el cobro de multas cuando ningún inspector ha sorprendido in fraganti al conductor" ni le ha hecho firmar el acta respectiva.
La funcionaria explicó que los "excesos administrativos" detectados en varios pueblos y ciudades de esa provincia se deben a que desde la última reforma constitucional de 1987, los municipios adquirieron una amplia autonomía que algunos intendentes y presidentes comunales aprovecharon para ampliar sus facultades en algunos casos de manera incorrecta, como ocurre con las multas de tránsito.
"Nosotros insistimos en que todos los conductores deben circular con las luces bajas encendidas tal como lo establece la reglamentación de tránsito, aclara Valentini y remarca que los inspectores deben estar presentes en las calles para hacer un trabajo preventivo y no sólo recaudatorio; pero destaca que una multa es fehaciente sólo si el conductor del vehículo infractor fue detenido en ese momento por un inspector que le labró un acta y se la hizo firmar in situ, o en caso de que haya una fotografía que pruebe la existencia de la falta aducida".
Desde la Defensoría del Pueblo de Córdoba informan que el 25 por ciento de los reclamos planteados por los ciudadanos en sus oficinas en 2007 están referidos a multas de tránsito, algunas de las cuales constan en actas bien labradas, pero la mayoría, no.
La Defensoría del Pueblo de Rosario, donde se reciben más de 150 pedidos de asesoramiento diarios, reiteran que para estos casos puntuales y cuando se trata de la primera acta labrada, lo esencial es enviar una carta documento con aviso de retorno a través de la cual el propietario del automóvil hace su descargo y reserva derechos de accionar judicialmente.
Además, debe rechazar el acta de infracción y la comisión de la falta que en la misma se detalla y debe requerir de parte de "las autoridades" que emiten la multa, la indicación de una dependencia inmediata al lugar de partencia del supuesto infractor, cuando éste se encuentre a más de 60 kilómetros del juzgado que corresponde a la jurisdicción en la que se alega que existió la infracción.
Los interesados en recibir asesoramiento directo para responder a las actas de infracción pueden concurrir a la Defensoría del Pueblo de Rosario, ubicada en Pasaje Juan Álvarez 1516 o comunicarse a través del teléfono 4721112/13. También pueden solicitar información vía mail, ingresando al sitio oficial www.defensorsantafe.gov.ar.