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Le roban en un cajero automático y el banco deberá indemnizarlo

 

La Justicia condenó a un banco a indemnizar por daño moral y psicológico a un hombre que fue asaltado luego de efectuar una extracción de dinero en un cajero automático dentro de la institución. Para los jueces, los cajeros son un "riesgo ante la grave situación delictiva".

 

"Los cajeros automáticos actualmente representan cierto riesgo para quienes los usan, pues el país es víctima de una grave situación delictiva. Por ello, debieron extremarse las normas de seguridad adoptadas para poder garantizar de manera efectiva las operaciones bancarias; más todavía si es de público conocimiento que la comisión de este tipo de ilícitos, lamentablemente, ocurre a diario", dice el fallo.

"Es evidente, pues, que esta obligación de seguridad del banco no se agotó con el cumplimiento de los mínimos requisitos exigidos por el BCRA sino que debió procurar que aquellos recaudos resultaran un medio eficaz para el cumplimiento de la obligación anexa de brindar seguridad a los usuarios".

El fallo fue dictado por la Cámara Comercial que revocó una sentencia de primera instancia que había rechazado la responsabilidad bancaria por el robo perpetrado a la víctima, porque según la sentencia la entidad "no había violentado el deber de seguridad que sobre ella pesaba ya que, evitar que ocurran ilícitos como el de autos, excedía su esfera de actuación".

Ahora la Cámara revocó esa decisión al endilgarle responsabilidad al banco frente al robo perpetrado por los asaltantes.

El hecho ocurrió en septiembre de 2003 cuando el hombre fue a un cajero automático del Banco Río situado en Rivadavia 11.200 en Liniers, poco después de las 22.

Luego de realizada la extracción, se presentaron dos asaltantes que le dijeron que les entregara el total del dinero, unos $910.

La víctima demandó a la entidad por el daño material a fin del reintegro del dinero, por daño moral y daño psicológico.

En primera instancia fue rechazada la demanda contra el banco, pero ahora la Cámara con la firma de los jueces José Luis Monti, Bindo Caviglione Fraga y Juan Manuel Ojea Quintana, accedió a indemnizar al hombre con casi $9.000 por daño moral y $1.920 por asistencia psicológica futura, más los intereses correspondientes.

Entre los argumentos que se tomaron en cuenta, está el informe de una perito psicóloga que aconsejó que a fin de elaborar el acontecimiento traumático vivido, realizara una psicoterapia de 6 meses con frecuencia de una sesión por semana. Informó que el costo promedio es de aproximadamente $80 por consulta.

Respecto del daño moral, el fallo "Serra Marcelo Daniel c/Banco Río de la Plata S.A. s/ordinario" (ver fallo provisto por elDial.com) dice "puede inferirse con claridad el agravio moral que debió soportar el actor por el accionar delictivo y ante la falta de respuesta de la entidad bancaria. Es perceptible a poco que nos emplazamos en la situación del accionante, que la desagradable sorpresa de ser atacado por dos ladrones cuando estaba extrayendo dinero le causase un serio disgusto en el orden emocional que trasciende las simples molestias que han de tolerarse en el plano cotidiano de la convivencia humana".

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