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Mañana se conocerán los fundamentos de la sentencia de los nueve acusados en un juicio por lesa humanidad

Los fundamentos de la sentencia dictada el 10 de octubre pasado en un juicio oral por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en la provincia de Santa Fe, serán dados a conocer por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario a partir de las 18hs del dia de mañana.
El tribunal está integrado por los Dres. Noemí Marta Berros, María Ivón Vella y Roberto Manuel López Arango y condenó a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua a Carlos Ulpiano Altamirano, como así también estableció la pena de 8 años de prisión para Ricardo José Torres, 12 años para José Ruben Lo Fiego, 18 para  Ovidio Oazagoitía, 20 para Ramón Telmo Alcides Ibarra y 22 años de prisión para Julio Fermoselle, Ernesto Vallejo, Eduardo Dugour y Lucio Cesar Nast, absolviendo a Pedro Travagliente.
La causa es un desprendimiento de la causa “Díaz Bessone” (Ex Feced), caratulada “Nast, Lucio César s/ Privación ilegal de la libertad agravada en concurso real con los delitos de tormentos calificados y asociación ilícita (Parcial expediente N° 120/08)”, expediente N° 85000124/10 y acumulados -“Altamirano, Carlos Ulpiano s/ Privación ilegal de la libertad agravada, en concurso real con los delitos de tormentos calificados y asociación Ilícita (Parcial expediente N° 120/08)”, expediente N° 85000041/11; “Lo Fiego, José Rubén s/ Privación Ilegal de la Libertad mediando Violencia y Amenazas (víctima: Borda Osella) –Parcial expediente N° 120/08-”, expediente N° 85000069/11; “Altamirano, Carlos Ulpiano; Lo Fiego, José Rubén; Nast, Lucio Cesar y Torres, Ricardo José s/ Privación Ilegítima de la libertad agravada por mediar Violencia y Amenazas (Víctimas: GALDAME, Conrado Mario; Curieses, Lydia Susana; Céspedes Chuang, Rory; María Antonieta)”, expediente N° 85000014/12” e “Ibarra, Ramón T; Fermoselle, Julio; Olazagoitia, Ovidio; Portillo, Diego; Travaglante, Pedro; Vallejo, Ernesto; Dugour, Eduardo s/ Privación ilegítima de la libertad agravada –Parcial expediente N° 120/08-”, expediente N° 85000055/12.

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