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Modificación Ley de Contrato de Trabajo

CONTRATO DE TRABAJO

Ley 26.696

Modifícase la Ley N° 20.744.

Sancionada: Julio 27 de 2011

Promulgada de Hecho: Agosto 24 de 2011

B.O. 29/08/11

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en
Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º – Incorpórase como tercer párrafo del artículo 275 de la ley
20.744 -Ley de Contrato de Trabajo- (t.o. 1976) y sus modificatorias, el
siguiente texto:

"Cuando por falta de cumplimiento de un acuerdo homologado en sede
judicial o administrativa el trabajador se vea precisado a continuar y/o
promover la acción judicial, independientemente de las sanciones que tal
actitud genere, dicha conducta será calificada como ‘temeraria y
maliciosa’ y la suma adeudada devengará a favor del trabajador, desde la
fecha de la mora y hasta su efectiva cancelación, el máximo del interés
contemplado en el presente artículo".

ARTICULO 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.

– REGISTRADA BAJO EL Nº 26.696 – JULIO C. C. COBOS. – EDUARDO A.
FELLNER. – Enrique Hidalgo. – Luis G. Borsani.
Fuente:Ignacio online

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