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Nuevo guiño judicial a favor del ajuste por inflación

En lo que se constituye en un nuevo guiño de la Justicia a favor del ajuste por inflación, la Sala 2 de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo revocó una sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que obligaba a una empresa a pagar una multa aplicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por haber omitido parcialmente el pago del Impuesto a las Ganancias en 2002, debido a que se había practicado el mecanismo de actualización.

La empresa Cepas Argentina había omitido el pago de parte del Impuesto a las Ganancias correspondiente al 2002, al haber ajustado su balance impositivo por inflación luego de la devaluación. Luego, interpuso una medida cautelar a fin de frenar un eventual reclamo del fisco nacional por la diferencia.

Igualmente, la empresa decidió pagar. Pasados pocos meses, el fisco inició un sumario contra Cepas por la omisión de ese pago y la intimó a pagar una multa, a pesar de la medida cautelar que había presentado la empresa.

Ante esta situación, el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) confirmó la imposición de esa multa y rechazó el argumento de "error excusable" esgrimido por Cepas, que se había escudado en la jurisprudencia contradictoria y la "confusa" normativa aplicable.

Pero la Cámara, en el fallo publicado por El Cronista, rebatió al TFN y sostuvo que la conducta de Cepas estaba justificada, "en la inteligencia de que la difícil interpretación de las normas aplicables o la mala redacción de sus disposiciones, sumadas a las confusiones derivadas de fallos contradictorios, actúan como causas de exculpación por error".

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