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Oposición a la reforma de la legitima hereditaria

El presidente del Colegio de Abogados de Rosario, Ignacio Del Vecchio, pidió por nota a los senadores nacionales que se opongan al proyecto de reforma a la legítima hereditaria que tramita en la Comisión de Legislación General de la Cámara alta.

La nota, dirigida a los senadores Rubén Giustiniani, Roxana Latorre, Carlos Reutemann y a todos los integrantes de la Comisión, que preside la senadora por San Luis Liliana Negre de Alonso, sitúa el problema en el proyecto de reforma del Código Civil que propone privar de efecto reipersecutorio a la acción de reducción, lo que atenta contra la existencia de la legítima hereditaria al suprimir su protección.

Se les hace saber que, en concordancia con lo expresado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, el Colegio Público de Capital Federal y la Asociación de Abogados de Buenos Aires, el Colegio de Abogados de Rosario rechaza el proyecto y expresa su honda preocupación, que radica, en esencia, en los puntos que seguidamente se detallan:

1) Al quitarle la energía jurídica del efecto "reipersecutorio" a la acción de reducción, que asegura la protección de la legítima, se está provocando lisa y llanamente: "la extinción del instituto mismo de la legítima hereditaria", afectándose de ese modo al orden público y la seguridad jurídica de los herederos forzosos.

2) No obstante afectar a todos los herederos (fuertes o débiles) desprotege más aún a los herederos más débiles, quienes perjudicados por esas liberalidades pierden este amparo legal.

3) El proyecto pone en jaque la unidad patrimonial familiar afectando la "solidaridad familiar" y así a la sociedad toda.

4) La permisividad que establece equivale a una especie de licencia legal para desheredar.

5) La exacerbación del principio de autonomía de la voluntad y de la dinámica del trafico jurídico inmobiliario, no pueden sacrificar instituciones de tanto valor y nobleza amparadas por el "Orden Publico", como es el de la legítima hereditaria.

6) La inconstitucionalidad nace con el mismo proyecto al desconsiderar la tutela integral familiar conforme art. 14 bis y 75 inc 22 de la Constitucion nacional.

Finalmente se pide a los legisladores que tomen en consideración el informe que sobre el particular emitió el Instituto de Derecho Sucesorio del Colegio de Abogados y que participen, en la medida de sus posibilidades, de la reunión de la Comisión de Legislación General que se llevará a cabo en la fecha para el tratamiento del mencionado proyecto.

 

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