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Piden la derogación del Registro de Contratos de Trabajo

“El pedido de la derogación de esta ley está basado en la necesidad de evitar que se siga utilizando esta mecánica de Registración como un disfraz que evita el cumplimiento de las obligaciones laborales que generan esas relaciones laborales”, consigna el legislador.

La ley provincial establece que el órgano encargado de esta función es la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia; para ello debía llevar un Registro en el cual se asentaban la totalidad de los Contratos de Trabajo por Tiempo Determinado que se celebraban, debiendo también certificar las firmas de empleador y trabajador.

“Actualmente, ante la última reforma laboral que fuera introducida mediante la Ley 25.877, y la utilización en la práctica que se le da a la Ley Provincial 10.599, obliga a efectuar un análisis sobre la conveniencia o no de la continuidad de dicha norma legal. Se ha observado que en la práctica la norma ha favorecido en forma permanente y sistemática al fraude laboral, ya que los empleadores, muchas veces inducidos por sus asesores han contratado trabajadores bajo esta modalidad contractual – es decir por Tiempo Determinado – con la idea y el convencimiento que, una vez vencido el plazo o termino del Contrato de Trajo, podían despedir a los trabajadores sin abonarles suma de dinero alguna, o en el mejor de los casos pagándole la Indemnización que establece el Art. 95 de la Ley 20.744, es decir, medio mes de sueldo por cada año de trabajo”, señala.

“Esta situación también fue utilizada por empleadores inescrupulosos para presionar a los trabajadores con la “no renovación del contrato” cuando llegaba la fecha de expiración del plazo; así como también en aquellos casos en que momentáneamente a los empleadores no les convenía tener a un trabajador al producirse el vencimiento del “plazo del contrato” y le manifestaban a su dependiente que en unos meses lo tomaría nuevamente “pero siempre y cuando no efectúe reclamo alguno por el contrato de trabajo”, expresa.

Además, expresa que “estas fueron y son las mecánicas que se utilizan hoy en día para tener presionados a los trabajadores que se encuentran desarrollando tareas bajo dicha modalidad contractual, y con ello se evitan en muchos casos el reclamo por una situación jurídica irregular que es de vital importancia para la estabilidad familiar, económica y laboral, como es la posibilidad sistemática y constante de la “pérdida o no del trabajo al expirar el plazo de duración de los contratos de trabajo”.

El proyecto del diputado Maguid además, está fundado en varias razones en que la registración del Contrato de Trabajo por Tiempo Determinado se ha tornado innecesaria puesto que la Ley 25.877 estableció en nuestro Régimen Laboral las formas de Contratación y su Sistema de Registración , con lo cual se torna innecesario el que lleva la norma Provincial.

“La Ley de contrato de Trabajo no sólo enumera los distintos tipos de contrato de trabajo que se pueden realizar, también expresa con precisión cuales son los requisitos que deben reunir los mismos para ser considerados como tales”, concluye.

Fuente: www.elconsultorweb.com

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