La Corte Suprema de Justicia emitió un polémico fallo que negó la posibilidad de extraditar a un terrorista de ETA refugiado en la Argentina. En los considerandos del Tribunal, se “considera que en el derecho internacional no existe un desarrollo progresivo suficiente que permita concluir que todos y cada uno de los actos que a partir de tratados internacionales pasan a ser calificados como ‘actos de terrorismo’ puedan reputarse, tan sólo por esa circunstancia delitos de lesa humanidad”.
El etarra Lariz Iriondo, acusado de ser responsable de siete atentados, está en la Argentina desde noviembre de 2002, tras ser expulsado de Uruguay.
La mayoría que falló en favor del ciudadano vasco fue conformada por el presidente de la Corte, Enrique Petracchi, el vice Augusto Belluscio y los ministros Carlos Fayt, Juan Maqueda, Raúl Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay. La única disidencia correspondió al juez Antonio Boggiano.
“Si bien la extradición es considerada casi universalmente como un poderoso medio de prevenir la impunidad y reducir el terrorismo, al propio tiempo se reafirma el delicado equilibrio que debe imperar en la lucha contra el terrorismo y la protección de los derechos humanos tanto de las víctimas de tales hechos como de quienes resulten imputados, incluso en el campo de la cooperación internacional”, refiere el fallo.
España “no comparte” la decisión de la Corte Suprema argentina de denegar la extradición del presunto etarra Jesús María Lariz Iriondo y espera que el gobierno de Argentina actúe conforme a su declarado “compromiso en la lucha contra el terrorismo”.
Fuentes de la Embajada española en Buenos Aires señalaron a EFE que respetan “la decisión de un poder independiente y democrático”pero no la comparten pues entienden que “hay términos jurídico ssuficientes como para conceder la extradición a España” de LarizIriondo.
“Agotada ya la vía judicial, corresponde al Poder Ejecutivo tomar una decisión sobre este asunto y esperamos que sea conforme a la solidaridad expresada a España y el declarado compromiso de Argentina en la lucha contra el terrorismo”, indicaron las fuentes.
La mayoría de los jueces supremos señalaron que el delito imputado al supuesto etarra no era considerado, al momento de ser cometido, un crimen de lesa humanidad, por lo que ha prescrito, “más allá de la formidable gravedad y creciente amenaza del terrorismo en el plano mundial”.
El único juez supremo que votó en disidencia fue Antonio Boggiano, quien consideró que los delitos por los cuales se requirió a Lariz Iriondo sí son de lesa humanidad.
Boggiano señaló que el terrorismo es “una de las formas más brutales de violencia que actualmente perturban a la comunidad internacional” y afirmó que este tipo de delitos resulta imprescriptibles.
Para España, el fallo de la Corte no es vinculante para el Ejecutivo, por lo que el Gobierno argentino podría tomar una decisión en forma independiente sobre el pedido de extradición.
El presunto etarra pidió en noviembre de 2002 refugio en Argentina por considerar que es perseguido por “razones políticas”en España, aunque las autoridades del país suramericano aún no se pronunciaron sobre esta solicitud.
Fuente:www.infobae.com