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Presentan proyecto de ley para modificar el Código Penal

El Gobierno anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para modificar el artículo 67 del Código Penal, incorporando nuevas causales de prescripción de causas a las ya establecidas.

Los detalles de la iniciativa fueron precisadas por el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, en una conferencia de prensa que ofreció junto al ministro de Justicia, Horacio Rosatti, luego de que el presidente Néstor Kirchner firmara el mensaje al Congreso N° 347 conteniendo las modificaciones.

El envío de este proyecto surge sesenta días después después de que se promulgara la polémica ley 25.990, sancionada a fines del año último y que despertó agudas polémicas en febrero pasado.

El proyecto remitido hoy al Congreso propone incluir como causales de interrupción de la prescripción de acciones penales:

declaración de rebeldía

orden de captura

solicitud de extradición

El Poder Ejecutivo incorporó también como motivo de suspensión la primera audiencia de conciliación y la fijación de la fecha para el debate oral en el caso de delitos de acción privada.

Los funcionarios recordaron que la Ley 25.990 había corregido las causales de interrupción y de la prescripción de la acción penal, pero en su momento “se generaron diferentes comentarios”.

A su vez Fernández aclaró que “el proyecto que acabamos de elevar en nada contradice el espíritu que impulsó la modificación del artículo 67 del Código Penal”.

Tanto Fernández como el ministro de Justicia Rosatti aseguraron que la iniciativa -que amplía los alcances de la Ley 25.990- tiene como objetivo que “no se genere ninguna acción de impunidad”.

Esa norma había cambiado los parámetros referidos a la prescripción de los delitos penales y generó una polémica que enfrentó a jueces y legisladores.

Precisiones

El ministro de Justicia aclaró, por su parte, que en la reforma “se incorporan tres causales, dos de ellas vinculadas a una hipótesis en la cual es el propio imputado el que a través de su actitud de alguna forma va burlando o imposibilitando que su conducta pueda ser juzgada por un Tribunal”.

Rosatti explicó que se refería “a la declaración de rebeldía, que sería también un acto interruptorio de la prescripción, y la orden de captura o la solicitud de extradición, donde los jueces quieren tener frente a frente al imputado y muchas veces no pueden por circunstancias ajenas a su voluntad”.

Por último, el ministro de Justicia indicó que “estas dos hipótesis no estaban previstas en la ley original como causales interruptorias de la prescripción y nos parece que es importante que sean contempladas

Fuente:www.infobaeprofesional.com

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