Se terminan el calabozo y el confinamiento, y nacen faltas de disciplina como el acoso sexual y la discriminación. Habrá abogados y fiscales, y respeto del derecho de defensa, a salvo de arbitrariedades. Un “cambio cultural”, dicen, se avecina para las Fuerzas Armadas, contemplado en dos proyectos de ley que el Ejecutivo enviará al Congreso para constituir el nuevo Sistema de Justicia Militar, en reemplazo del cuestionado Código de Justicia Militar de 1951.
El viceministro de Defensa, Jaime Garreta, dijo a Clarín que luego de quince meses de trabajo, las nuevas normas fueron “consensuadas” con las Fuerzas Armadas y sólo resta una “última revisión técnica” para enviarlas al Parlamento “antes de octubre”.
La disciplina militar, que será tratada aparte de la Justicia Penal Militar, incorpora faltas como el acoso sexual. La novedad surge como producto del aumento notable de participación femenina en las FF.AA., que en estos últimos años alcanzó a los cuerpos de comando, con el egreso de las primeras oficiales mujeres.
También la discriminación “en todas sus formas” será castigada con apercibimiento, arresto, suspensión de empleo o destitución, según sea considerada la falta como leve, grave o gravísima por el Consejo de Disciplina.
No habrá margen para sanciones físicas como el “orden cerrado” o el salto de rana, prácticas “que no se abandonaron del todo”, dijo Garreta. El calabozo no correrá más. El arresto será para cumplir funciones propias dentro de la unidad, porque “un derecho humano elemental es que una falta disciplinaria no puede comprometer la libertad de la persona”.
Garreta dijo que el proyecto “no avanza en el tema de la homosexualidad. Si bien no está prohibida, tampoco es tolerada. Pero no habrá derecho a discriminar. Habrá sanción sólo si hay una falta al decoro”.
El nuevo catálogo de sanciones también estipula la conducta que deberán seguir los integrantes de misiones de paz.
Más allá del aspecto disciplinario, es la Justicia Militar la que está en la mira desde hace tiempo. Todos estos cambios vienen de la mano de un compromiso asumido por el Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) de derogar el vetusto Código de Justicia Militar y sustituirlo por normas “conforme a los estándares internacionales”.
En una audiencia clave ante la Comisión celebrada en Washington el 5 de marzo de 2004, la entonces representante especial para Derechos Humanos de la Cancillería, Alicia Oliveira, y su equipo técnico, admitieron que respecto de las garantías judiciales y el debido proceso, el Código no es compatible con la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa Rica, incorporados por la Argentina a la Constitución Nacional en 1994.
Debido al sistema actual, pendían —aún penden— sobre el Estado dos demandas admitidas por la CIDH, que hacen pasibles a la Argentina de una sanción internacional por violar los derechos humanos (ver Dos casos…).
Con la premura del caso, el ministro de Defensa, José Pampuro, le encargó a su segundo el estudio de las nuevas normas. De factura “prusiana”, según Garreta, el Código fue sancionado originalmente en 1895, aunque el actual rige desde 1951, con modificaciones posteriores. La última, de 1984, fue la que habilitó el juzgamiento de las Juntas de Comandantes de la dictadura por los jueces de la Cámara Federal.
El nuevo sistema estará sustentado en dos instrumentos: Ley de Justicia Penal Militar y Ley Disciplinaria de las Fuerzas Armadas, “adecuadas a las normas constitucionales y los cambios de los últimos 50 años en materia de derechos individuales. Vamos a ser el país más avanzado de América latina en Justicia Militar”, sostuvo Garreta.
Respecto de la Justicia Penal Militar, que juzga delitos militares (espionaje, deserción, robo o estafa a una unidad militar, contrabando de armamento, entre otros), se pasará de un sistema “inquisitivo” a uno “acusatorio” que privilegiará los derechos de los inculpados. Se aplicará el Código de Procedimiento Penal de la Nación adaptado al área militar.
Los jueces, defensores y fiscales deberán ser letrados, ya no sólo oficiales de alto rango. Habrá control de parte, ya sea fiscal o defensor particular.
En lugar de Consejos de Guerra, se crean tres tribunales orales: para oficiales superiores; para jefes y oficiales; y para suboficiales y tropa. Tendrán siete miembros y cuatro de ellos 4 deberán ser abogados.
Fuente:www.clarin.com