"En virtud de ser responsables de la tutela de los intereses de los consumidores, vemos necesario tomar todas aquellas medidas tendientes a garantizar una tutela efectiva de aquellos intereses, de modo especial a través de una actuación preventiva por parte del Estado municipal para anticipar la protección ante lesiones a abusos por parte de los proveedores de bienes y servicios”, explicó Tambascia.
Y añadió que "se analizó una repetida conducta de una entidad bancaria, por la cual se afectaban especialmente los derechos de los jubilados y pensionados que perciben sus haberes en dicha entidad. La estrategia comercial que se ha analizado y sancionado, tiene como epicentro un aprovechamiento por parte del Banco de la vulnerabilidad especial de este sector de los consumidores”.
Entre las principales prácticas abusivas detectadas se encuentran: venta forzosa de multiproductos, utilización abusiva de los servicios crediticios, restructuración ilegítima de deudas de los consumidores, adhesiones a cargos no consentidos ni solicitados, falta de medición de la capacidad de pago de los usuarios, estrategias de información confusa, equívoca y escueta, y afectación de una porción ilegítima del haber previsional, comprometiendo la naturaleza alimenticia las jubilaciones.
La comprobación de estas inconductas instó a la Dirección a tomar la siguiente resolución, que resulta de cumplimiento obligatorio a partir de la notificación efectuada recientemente por esta oficina: 1) Solicitar al Sr. Juez de Faltas interviniente que fije una multa de $2.500.000 por la violación al estatuto normativo de defensa del consumidor; 2) la orden de abstención para que el banco deje de otorgar servicios crediticios a jubilados o pensionados que cobren sus haberes en las sucursales de dicha entidad radicadas en el Partido de General Pueyrredón, que superen el tope del 30% de sus haberes netos a percibir; 3) la recaudación de los préstamos vigentes a los criterios anteriormente descriptos; 4) una obligación de publicar la medida adoptada en el portal web de la entidad y en la sedes físicas de sus sucursales locales; 5) un giro informativo de esta actuación de oficio a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, a la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor, Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, a la Fiscalía General del Departamento Judicial de Mar del Plata, a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y al Banco Central de la República Argentina, a efectos de su conocimiento y oportuna intervención en la medida de sus atribuciones.