Esta Acción de Amparo, presentada el pasado 29 de septiembre, tenía como objeto que la Anses se abstenga de exigir a los abogados matriculados en nuestro Colegio cualquier clase de inscripción para desarrollar su actividad profesional en representación de los afiliados y sus derecho habientes; y, en tal sentido, se ordene el cese de toda invasión sobre facultades propias de nuestro Colegio Profesional en cuanto a la matriculación de los abogados para el ejercicio ante dicho organismo (previa declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 794/14, especialmente en los artículos 3; 5; 7; 8; 9 y 10 y toda otra norma dictada o a dictarse en cuanto interfieran con facultades propias del ejercicio profesional del abogado).
Sin lugar a dudas esta resolución constituye un hito importante en el duro trabajo gremial que venimos desarrollando para contribuir a una mejor labor diaria de nuestros colegiados, en particular los que están dedicados al derecho previsional.