Los jueces de la Sala E de la Cámara Civil porteña dieron por probado que el marido viajó en compañía de su nueva pareja a diversos puntos del país y del exterior, pese a que todavía estaba casado en términos legales.
Los nombres de los involucrados en esta historia fueron mantenidos en reserva por las fuentes, quienes explicaron que no hay muchos antecedentes de sentencias de este tipo, especialmente porque el daño moral por adulterio es muy difícil de probar.
La separación de hecho no tiene valor ante la ley si no es constatada por una denuncia judicial o policial, por lo que en términos formales la pareja seguía unida en matrimonio y sus miembros se debían fidelidad.
Según el expediente, el condenado abandonó el hogar conyugal en 1999 y de inmediato se alojó con otra mujer en el Suites Garden Park Hotel & Events de San Miguel de Tucumán, entre el 30 de agosto y el 1º de septiembre de 2000.
La pareja también se alojó “en el hotel Llao Llao de Bariloche, desde donde regresó por vía aérea, el 6 de agosto de 2000, y en enero de 2001 habían coincidido en una estadía en el Estado de Florida, Estados Unidos”, señalaron.
En la causa, los camaristas destacaron que otro factor determinante para condenar al hombre a pagar los 50.000 pesos fue que el marido “se hospedó durante tres días con la nueva mujer en la chacra que el matrimonio comparte en propiedad en la localidad bonaerense de Pilar”.
En esa oportunidad, “fueron atendidos por la casera, quien les preparaba la cena o el desayuno”, cuando hasta pocos días atrás lo hacía con la dueña de casa.
“Dolor profundo”
“Haberse hospedado en la chacra de fin de semana a la que concurría siempre el matrimonio en compañía de otra mujer, poco tiempo después de su retiro del hogar, es susceptible de producir un dolor profundo en la esposa, que configura daño moral”, dijeron los jueces en su voto por mayoría.
El esposo “actuó con total desprecio por la dignidad de su esposa y faltó el respeto a la familia. El señalado comportamiento no constituye una molestia cualquiera. Máxime después de 20 años de convivencia”, resumió el voto mayoritario.
“Se violó el deber de fidelidad, se destruyó la confianza y se faltó el respeto al inocente. Se causó un dolor punzante que llevó a la destrucción de una familia”, consideraron.
En voto minoritario en contra, el juez Mario Calatayud consideró que la ex mujer no podía “fundar el reclamo de indemnización por daño moral que dice haber sufrido”, ya que el hombre inició “una relación amorosa” con otra mujer “después de haberse retirado del hogar conyugal”. (Télam)
Fuente:www.lacapital.com.ar