El hecho que provocó la demanda ocurrió el 16 de julio de 2005 en el taller de la calle Helguera al 1.000 de esta capital, cuando el empleador (del que sólo trascendieron sus iniciales, C.L, como las de la menor, X.S.S.) ordenó que parte del personal femenino se quitara sus vestimentas.
El tribunal, que condenó a indemnizar el despido e impuso al demandado multas que prevé la legislación laboral para los casos en los que el empleador obliga al dependiente a litigar, concluyó que el episodio denunciado había quedado "acreditado" durante el juicio. C.L. había negado la relación laboral y, según la Cámara, había creado una situación, haciendo figurar que alquilaba el local de la calle Helguera -aunque el locador nunca apareció en el juicio- y a una familiar como la titular de la explotación comercial.
Para el tribunal la conducta del verdadero patrón buscaba "ocultar las condiciones indignas de labor a las que sujetaba a sus empleados", como la contratación de menores con jornadas por demás extensas, salarios irrisorios y abuso de posición dominante.