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Le ordenan mantener contacto con su hijo por chat

Un tribunal de Rosario obligó a un marinero argentino que abandonó a su hijo a mantener contacto con él vía chat tres horas por semana. El fallo de los jueces Ricardo Dutto y Marcelo Molina obliga a comprarle una PC al chico de nueve años, que se siente "angustiado por su ausencia" e "incomprendido porque no lo llama a su casa". Los magistrados plantearon que el padre abandónico es responsable de violencia psíquica.

La pareja se había casado en marzo de 1994. Cinco años después nació su hijo, pero en 2004 el marinero partió a España con la promesa de llevar más tarde a su familia. Pero nunca cumplió.

Desde entonces, padre e hijo sólo mantienen esporádicos contactos por celular, según relata la resolución del 30 de diciembre de 2008. El muchacho "no lo puede saludar para el cumpleaños, el día del padre, ni contarle sus progresos, inquietudes y angustias". La madre -que gana 1.000 pesos mensuales como portera en una escuela provincial- decidió transformar el caso en demanda, y los jueces encontraron un paliativo atípico al considerar que el uso de la web "es la única forma de mitigar la incertidumbre de este niño con su padre ausente, saber de su vida y relatarle sus experiencias, sus alegrías, sus dificultades, y puede contribuir a que el padre se empiece a interesar más por su vida".

La decisión del Tribunal de Familia N°5 se basó en la nueva legislación sobre el menor (Ley Nº 26.061), la Convención sobre los Derechos del Niño y la jurisprudencia de tribunales estadounidenses. Aunque en la Argentina no existe una legislación específica que contemple el uso de la tecnología en estos casos, el Código Civil menciona la necesidad de mantener una adecuada comunicación.

CARTAS Y DIBUJOS. El tribunal propuso un régimen de intercambio: "Que el señor proporcione a su hijo los datos de residencia así como también los de la empresa donde trabaja, para que él pueda enviarle cartas, dibujos, obsequios, etc". También dictaminó que las sesiones de videochat se desarrollarán martes, jueves y domingo, de 5 a 6 de la tarde (hora argentina). Los jueces aclararon que su decisión "no significa desconocer que tanto los padres como sus hijos de carne y hueso necesitan ‘tiempo real’".

El fallo, aparentemente, presenta dificultades para su implementación. Aunque la decisión se tomó "bajo apercibimiento de ordenarse la retención en los ingresos" del marinero, el abogado Jorge Rizzo advirtió que en caso de incumplimiento el proceso será complejo: "Se debería hacer un exhorto a un juez español para aplicar las sanciones correspondientes". Pero el problema parece ser otro: "El niño -argumentó su psicóloga- demanda amor por parte de su padre, cuidado e interés por sus actividades", algo que el chat está lejos de garantizar.

CONTACTO REAL VS. CONTACTO VIRTUAL. El fallo generó reacciones encontradas. Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), expresó: "El contacto que mantendrán padre e hijo sería virtual. ¿Con qué autoridad lo va a retar o aconsejar? Es totalmente inaplicable, tan o más incumplible como obligarlo a ver al chico". Para otros, se trata de una herramienta que puede propiciar el acercamiento: "Estoy divorciado hace casi siete años -relató un padre de 42 a Críticadigital- y me contacto por MSN con mis hijas casi todos los días. Nos ayuda a mantenernos unidos. Si hay voluntad de ambas partes, la Justicia no hace falta". Los jueces rosarinos se basaron en antecedentes externos: en 2001, un tribunal de Nueva Jersey (EE.UU.) autorizó el contacto mediatizado entre hijos y padres que no ejercían su custodia. La Ley de Protección de la Infancia en Venezuela determina que los padres que no ejercen la patria potestad pueden tener "comunicaciones telefónicas, telegráficas, epistolares y computarizadas" con sus hijos.

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