Se presentarán en calidad de "Asistente oficioso o amigo del Tribunal" para expresar una opinión fundada sobre el objeto del litigio. El "Amigo del Tribunal" deberá ser una persona física o jurídica con reconocida competencia sobre la cuestión debatida en el pleito; fundamentará su interés para participar en la causa y deberá limitar su actuación a expresar una opinión fundada en defensa de un interés público o de una cuestión institucional relevante.
Según la autora se considera que la creación de esta figura resulta oportuna, toda vez que las recientes reformas procedimentales que se vienen implementando en la provincia se encuentren en la misma sintonía que la presente: mejorar la administración de justicia achicando la distancia que existe entre ésta y los ciudadanos, sean justiciables, víctimas o personas que tienen algún interés en el resultado del juicio. Afirmó también que esto último se ha dado en nuestro país con cuestiones muy caras a nuestra democracia y al respeto por los derechos fundamentales señaló que no se puede desconocer que, por ejemplo, los juicios por delitos de lesa humanidad y las decisiones que se involucren en ellos pueden afectar el interés público. Se considera asimismo que las cuestiones en debate no conciernen solamente a las partes directamente involucradas en el proceso, por lo que restringir la participación a las mismas debilita el debate interno del juicio".