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La EPE tardó 9 años en resarcir a una entidad por un desperfecto

El reclamo judicial lo había iniciado la Asociación Profesional Farmacéutica por una falla que se produjo el 12 de marzo de 2001 en la sede administrativa de un edificio que por entonces ocupaba en Buenos Aires 1262.

Tras una sobrecarga de alimentación, varios equipos electrónicos sufrieron desperfectos por el estallido del tablero eléctrico.

Entre los artefactos deteriorados se contabilizaron un monitor de computadora, un CPU, una máquina de sumar eléctrica, un fax, una impresora, dos parlantes de PC y la fuente de alimentación del monitor. Los daños fueron constatados por una escribana dos días después del hecho.

Se inició así el reclamo administrativo ante la EPE para que reconociera el arreglo de los bienes, instancia que se trabó porque la actora (demandante) no era la titular legal del medidor afectado.

Por 318 pesos. Luego de agotada esa instancia, la entidad le inició en 2004 un juicio por daños y perjuicios a la compañía estatal para que le reconociera un monto de 318,14 pesos -convertibilidad mediante, el mismo valor en dólares- para hacer frente a los arreglos de los aparatos.

Pasaron varios años entre presentación de pruebas, contestación, plazos y una demorada pericia que constató el daño causado. Así se llegó al 2008, cuando el juzgado de Primera Instancia de Circuito dictó las sentencia Nº 2.670 y condenó a la EPE a pagar por los daños causados por el monto reclamado más intereses bancarios retroactivos al momento del siniestro.

La empresa apeló argumentando que la demandante no tenía facturas de compra de los objetos y discrepó con las pericias. Entre idas y vueltas, otra vez se demoró una solución para la institución.

El expediente llegó a la Cámara de Apelación de Circuito, integrada por los jueces Eduardo Pagnaco, Ricardo Netri y René Galfré, que en febrero de este año finalmente dictaron la sentencia definitiva.

Los magistrados rebatieron con fundamentos jurídicos la postura de la EPE y finalmente confirmaron el fallo de primera instancia, que condenó a la empresa a pagar los 318,14 pesos más intereses bancarios (tasas aplicadas por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A), retroactivos al momento del siniestro.

El abogado de los farmacéuticos, Juan Carlos Granero, no hizo una apreciación jurídica del fallo, aunque centró su opinión en las complicaciones que tienen los usuarios para lograr una respuesta a sus reclamos.

"Hay falta de respuesta evidente de parte de la EPE en todos los casos que, una vez judicializados, demoran el resarcimiento al vecino. Después de tanto tiempo de que se inició el reclamo se reciben intereses compensatorios que no alcanzan a cubrir el deterioro causado", dijo Granero.

Hace apenas unos meses atrás los cortes de energía y el consiguiente daño a los electrodomésticos motivaron que cientos de vecinos debieran iniciar burocráticos trámites para lograr una respuesta a sus reclamos, lo que motivó la intervención de organismos de defensa del consumidor y de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe.

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