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Aclaran los alcances de una resolución judicial

La Oficina de Prensa del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe solicita la publicación del presente, a fin de corregir información errónea difundida en torno a un trámite que involucra a una pareja del mismo sexo, y con el propósito de preservar el derecho de la comunidad a ser informados en forma correcta.

En primer término, es necesario dejar en claro que la resolución judicial firmada en agosto pasado por la titular del juzgado en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, Dra. Alicia Nora Lapalma, no implica legalizar la situación de las personas que iniciaron dichas actuaciones, ni reconocerles derecho alguno derivado de la relación que pudiera existir entre ambas.

A fin de disipar toda duda al respecto, cabe mencionar que la presentación que dichas personas realizaran ante los tribunales sólo tenían como finalidad dejar una constancia de la convivencia entre ambos presentantes, que comprobaron mediante la presentación de testigos.

En función de lo expuesto, la resolución judicial N° 403, firmada por Lapalma el 22 de agosto de 2.003 sólo deja constancia de que las partes han manifestado que conviven desde hace catorce años y que realizan el trámite con el propósito de presentar la constancia ante una obra social, corroborando lo dicho con la presentación de dos testigos; concluyendo en una resolución en los siguientes términos: “RESUELVO: Dar por finalizada la presente gestión. Insértese. Hágase saber”. Fdo.: Dra. Alicia Nora Lapalma –juez- Dra. María Ester Noe de Ferro –Secretaria-.

Reiterando desde ya la publicación del presente a la mayor brevedad posible, le saludo muy atte.

Dra. María Pía Boni

Relaciones Institucionales

Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe

Fuente:www.elconsultorweb.com

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