Otras Noticias

Aplican daño punitivo a una empresa por no cumplir con el contrato

La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires dispuso que una empresa pague un resarcimiento de $6.150 a una consumidora, quien denunció a la firma por no haber cumplido con la realización de los interiores de placard.

 

La autoridad de aplicación consideró que se produjo un daño directo en perjuicio de la consumidora, quien había abonado por adelantado el servicio que nunca fue prestado conforme los términos establecidos.

En tal sentido, dispuso un resarcimiento por un valor igual a cinco "Canastas Básicas Total para el Hogar 3" al momento de su pago. Además, la empresa deberá pagar una multa de 15 mil pesos por infracción a la ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

De acuerdo al sitio noticiasdeconsumo.com, la empresa fue intimada a resolver el problema y que no concurrió a terminar el trabajo.

En tal sentido, la afectada realizó la denuncia ante el organismo de Defensa y Protección del Consumidor. Como las partes no arribaron a un acuerdo en la instancia de conciliación obligatoria, se dispuso el resarcimiento y la sanción.

Este es el séptimo caso en el que Defensa del Consumidor porteña aplica el artículo 40 bis incorporado a la Ley 24.240 (daño directo) en la reforma del 2008, destacó el portal.

Este procedimiento permite a los perjudicados por un incumplimiento obtener una indemnización en circunstancias que, por lo exiguo del monto, serían poco atractivas para iniciar un juicio. Con la prestación de este servicio, se verifica un verdadero avance a favor de los derechos del ciudadano en su rol de consumidor.

AbogadosRosario.com @2025. Todos los derechos reservados.