Otras Noticias

El débil jurídico y la voracidad fiscal

El artículo 37 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe faculta a la Administración Provincial de Impuestos (API) a solicitar embargo preventivo por la cantidad que presumiblemente adeuden los contribuyentes, con la finalidad de resguardar la integridad del crédito fiscal, evitando que se torne ilusorio su cobro al momento de resultar exigible.

AbogadosRosario.com @2025. Todos los derechos reservados.