Locales

Falleció el Dr. Roberto M. Natale

Abogados Rosario.com siente su perdida y acompaña en el dolor a sus familiares.
En el día de la fecha falleció el prestigioso jurista y docente de la Facultad de Derecho de Rosario. Era Doctor en Derecho (Universidad Nacional de Rosario). Profesor Titular de Derecho Civil VI Sucesiones de la Facultad de Derecho (Universidad Nacional de Rosario). Mediador. Presidente del Instituto de Derecho Sucesorio del Colegio de Abogados de Rosario.

Nacionales

Proyecto de Ley del oficialismo Nacional para regular los honorarios de abogados, procuradores y auxiliares en la Justicia Nacional

A pesar de todos los obstáculos a los abogados para trabajar y cobrar sus honorarios por las gestiones ante ANSES (interposición de amparos), por parte del Gobierno Nacional, los Senadores del Frente para la Victoria Sres. Urtubey, Guastavino, Fuentes y Pichetto presentaron un Proyecto de Ley para regular los honorarios de abogados, procuradores y auxiliares en la Justicia Nacional. Ver texto y fundamentos:

Otras Noticias

La cuota alimentaria deberá ser incrementada en el porcentaje de aumento salarial que registren las paritarias

En el marco de una demanda de alimentos deducida por la ex cónyuge, a su favor y de sus hijas menores de edad, se determinó que la cuota alimentaria respecto de las niñas deberá ser incrementada en el porcentaje de aumento salarial que fijen las paritarias y en cada oportunidad que ello ocurra.Se señala que la obligación alimentaria de los progenitores con relación a sus hijos menores de edad es regulada en los arts. 658 y ss. del Código Civil y Comercial y se funda en los deberes atinentes a la responsabilidad parental, los que se originan en el hecho de la procreación. No obstante, se rechaza la fijación de alimentos provisionales en favor de la ex cónyuge dado que, más allá de las diferencias económicas que puedan existir entre las partes, la peticionante es una persona autosuficiente con una carrera profesional que le permite asumir adecuadamente su manutención. En tal sentido, el fallo refiere a que el nuevo ordenamiento ha reconocido el deber alimentario entre cónyuges en forma recíproca, variando sustancialmente su contenido y factores de atribución según se requieran durante la vida en común o la separación de hecho.

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