Debe probarse la validez de un testamento otorgado en el extranjero sin las formas previstas en el Código Civil
Sucesión testamentaria. Declara la invalidez del testamento que fuera otorgado a favor de la actora en el extranjero. Entiende que atento lo dispuesto en el art. 13 del Código Civil, la pretensa heredera tenía la carga de probar que el testamento era válido, en cuanto a sus formas extrínsecas e intrínsecas, ya que se trata de un documento privado redactado a máquina por una abogada, y firmado presuntamente por el causante, no siendo suficiente la constancia donde aparecen nombres de dos testigos sin precisar sus datos personales, quienes tampoco fueron ofrecidos como tales para abonar la firma del causante.